Tras el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso de la periodista Jineth Bedoya, en el que dejan en claro la participación del Estado colombiano por las omisiones en el secuestro y posterior abuso sexual de Bedoya en una cárcel de Bogotá, se abren muchos interrogantes sobre cuál fue exactamente el papel del Estado y cuáles son los aspectos más importantes de este fallo.

La Corte señaló la responsabilidad de la Policía, que según el fallo, conocía con anterioridad que el 25 de mayo de 2000 se estaría llevando a cabo un encuentro entre miembros paramilitares y Bedoya, encuentro que pondría en peligro directo la vida de la periodista; ya que había sido centro de amenazas por parte de grupos ilegales mientras se encontraba investigando los enfrentamientos dentro de la cárcel La Modelo que libraban estas bandas delincuenciales.

Aunque las denuncias sobre las amenazas de muerte que recibieron la periodista y otros de sus colegas fueron puestas ante las autoridades a tiempo, y el esquema de seguridad que habían prometido nunca llegó, la Corte reclama la falta de medidas por parte del Estado, incluso de la Policía, quienes habrían dejado que los hechos ocurrieran y Bedoya resultara secuestrada en la entrada de la cárcel que investigaba, lo que terminó en un abuso sexual.

Además, la Corte añade que encontró fuertes indicios de una participación directa de agentes del Estado colombiano en el crimen contra Bedoya, y que los hechos violentos por lo que pasó la periodista se deben al rol que cumplía en el penal debido a su profesión. En adición, se agregó que la investigación que formuló la Fiscalía General estuvo manchada por estereotipos de género.

La Corte expone que en el momento de los hechos, el guardia que custodiaba la entrada del penal le indicó a Bedoya que no tenía una boleta a su nombre “pero que ‘sabía de su visita’; visita, a su vez, que se realizó tras la aquiescencia previa por parte de agentes de la Policía en días anteriores en los que habían estado valorando las otras amenazas que había recibido tanto Bedoya como otros compañeros”, ante esto se establece la relevancia de la investigación que desarrollaba la periodista.

El “tráfico de armas, compra y venta de secuestrados y otras violaciones de derechos humanos que se estarían cometiendo desde el penal con la complicidad de agentes del Estado”, serían para el organismo internacional, uno de los puntos claves por lo que Bedoya fue atacada en La Modelo.

El fallo señala que, “las agresiones en contra de Bedoya y las vulneraciones a su libertad de expresión tuvieron un impacto no solo en ella, sino también un impacto colectivo, tanto en la sociedad colombiana en su derecho a la información como en sus compañeras y compañeros periodistas a la hora de ejercer su actividad”.

Por lo que ahora, el Estado colombiano debe financiar el proyecto de Bedoya “No es hora de callar”, que nace diez años después del ataque contra la periodista, además de crear un centro de memoria para las víctimas de violencia sexual en el conflicto armado, e impulsar investigaciones judiciales para conocer los responsables de la agresión contra Bedoya, todo esto como una forma de reparación.

Par la Corte, las referencias de los agresores hacia el rol de Bedoya fueron claves en la determinación del hecho, ya que frases como “periodistas hijueputas que tienen el país vuelto mierda, por culpa de ustedes es que está el país así” o las referencias a supuestas coimas de grupos guerrilleros a los periodistas terminaron aclarando que, los ataques eran debido a su profesión.

Por lo tanto, la CIDH alegó que “tratándose de una mujer periodista víctima de violencia sexual, las autoridades judiciales tendrían que haber obrado con mayor diligencia en el marco de la recolección de prueba, de las investigaciones, y de los procedimientos judiciales sobre los hechos del presente caso toda vez que de estas actuaciones judiciales dependía investigar y sancionar a los responsables de unos graves actos de violencia contra la mujer que, además, suponían un claro ataque contra la prensa en general”.