La jueza 41 de Control de Garantías de Bogotá avaló la petición para que la audiencia de imputación de cargos en contra del periodista y presentador Jorge Alfredo Vargas se realice de manera reservada.
Esto con el fin de proteger la identidad e integridad de las tres víctimas en este proceso penal.
La jueza aseveró que, pese a que se referirán a las denunciantes como “víctima 1, 2 y 3″, la reserva constante de datos podría afectar el hecho de “comunicación”, que es el objetivo principal de la audiencia de imputación de cargos.
“Si bien la delegada fiscal manifestó que durante el desarrollo de la presente diligencia se correrá traslado de un documento a los sujetos procesales para informar los nombres de las presuntas víctimas, dicha actuación, estima este despacho, no resulta suficiente para garantizar de manera plena y efectiva el acceso de la defensa a la información relevante del proceso que requiere la defensa”, enfatizó la funcionaria judicial.
“En efecto, el conocimiento oportuno, integral y en condiciones adecuadas de los elementos necesarios para escuchar y entender el acto de imputación no se satisface con una comunicación parcial o limitada dentro de la presente diligencia, pues ello restringiría la posibilidad real de verificar la información suministrada y entenderla de manera ordenada y coherente a la situación fáctica que será descrita por la delegada fiscal y, en ese sentido, ejercer una defensa a favor del presente indiciado”, explicó.
Igualmente, les pidió a los sujetos procesales que se comprometan a evitar publicar cualquier hecho que tenga que ver con los datos que se revelen en la audiencia.
“Se advierte como orden de direccionamiento de la presente diligencia a todos los intervinientes sobre el deber de preservar la confidencialidad de la presente diligencia y, en consecuencia, abstenerse de realizar referencias públicas o divulgaciones relacionadas con información personal o sensible de las presuntas víctimas o que permita la identificación directa o indirecta de ellas, con el fin de garantizar no solamente la protección de su intimidad, dignidad y seguridad”, señaló la jueza.
Durante su intervención, al resolver las peticiones presentadas por la fiscal quinta delegada ante la Corte Suprema y la representante de víctimas, la jueza manifestó que la ley es clara al referirse a los mecanismos de protección de las denunciantes.
“Resulta necesario realizar un ejercicio de ponderación orientado a establecer cuál de los derechos debe prevalecer en las circunstancias concretas del caso, procurando la menor restricción posible del derecho que resulte limitado en cuenta el despacho, que la reserva de la audiencia de formulación de imputación constituye una media constitucionalmente legítima, pues persigue la protección de las presuntas víctimas al tiempo que evita la divulgación pública de información sensible que puede afectar su integridad o propiciar escenarios de revictimización”, precisó.
“Igualmente, dicha medida resulta idónea y necesaria para alcanzar los fines perseguidos, toda vez que la reserva de la audiencia de formulación de imputación restringe el acceso del público a esta actuación procesal y a las demás que se realicen en sede de control de garantías, en las que eventualmente se abordarán circunstancias particularmente sensibles relacionadas con los hechos objeto de investigación. No obstante, dicha concreción no decae en la solicitud encaminada a decretar la reserva de identidad de las cuatro presuntas víctimas”, añadió.
La jueza manifestó que la presunción de inocencia sigue incólume, recordando que en esta audiencia se le informará, únicamente, al procesado, Jorge Alfredo Vargas, sobre los hechos materia de investigación.