Nicolás Petro, el hijo del presidente de la República, Gustavo Petro, arrancó la audiencia con una advertencia para explicar por qué no podía viajar a la ciudad de Barranquilla. A través de su abogado, aseguró que no tenía dinero y que no podía adquirir tiquetes por estar incluido en la llamada Lista Clinton.
El juez de la audiencia entendió las explicaciones del exdiputado y le permitió estar de manera remota en la audiencia en la que se están definiendo los elementos de prueba que se discutirán en el juicio. Sin embargo, le aclaró que para las próximas etapas en el proceso tendrá que asistir de manera presencial.
“La defensa expuso varios argumentos de exclusión: primero, que el acusado no conseguía tiquetes en las líneas de aviación por inconvenientes que había con Estados Unidos; segundo, al parecer que tenía problemas económicos para acceder a los tiquetes y, tercero, la seguridad del procesado, que está viviendo en Bogotá y no podría desplazarse”, dijo el juez al leer los argumentos de la defensa para no asistir.
Otro punto que llamó la atención del juez, y que se convirtió en un reclamo directo a la defensa de Nicolás Petro, fue que en las solicitudes de exclusión de los elementos de prueba el abogado insistió en algunos informes que enunció la Fiscalía, sin embargo, esos elementos no fueron sumados al inventario de evidencias.
“En esta materia revisando el contenido de la solicitud probatoria presentada por la Fiscalía y aludida por la defensa, el despacho observa que no existe solicitud probatoria de incorporación de informes relacionados con movimientos de criptomonedas o con operaciones mediante plataformas digitales, pues si bien la Fiscalía los anunció no los incluyó”, advirtió el juez en su decisión.
El juez aseguró que hay una enunciación confusa y desordenada, lo que hizo más complejo el trabajo del despacho en el sentido de definir cuáles serían los elementos de prueba y evidencias que servirán en la etapa de juicio. Allí mismo, explicó las pruebas se quedarán de ese inventario de evidencias.
“Desatinado allí y lamentable de la defensa de haber pedido la inadmisión de una prueba que no fue solicitada por la Fiscalía, en consecuencia no hay lugar a pronunciamiento de fondo sobre la solicitud de la defensa”, dijo el juez.
Entre los elementos de prueba que admitió el juez se encuentran las conversaciones contenidas en los chats y el celular de Day Vázquez, la exesposa de Nicolás Petro y que goza de un principio de oportunidad. El juez también aceptó como elemento de prueba, la fuente humana que utilizó la Fiscalía para recaudar la información y que, incluso, permitió la captura del exdiputado.
Este miércoles, 5 de noviembre, continuará la enunciación de los elementos de prueba y evidencias que se conocerán o harán parte del juicio en contra del hijo del presidente de la República, por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito que, en criterio de la Fiscalía, permitirán una condena.