La Corte Constitucional confirmó que en las últimas horas compulsó copias a la Fiscalía y a la Procuraduría para que inicien investigaciones penales y disciplinarias que den con los responsables detrás del incumplimiento de garantizar agua potable en tres municipios del departamento de La Guajira.
El magistrado Carlos Camargo, integrante del alto tribunal, fue el encargado de dar la orden y de explicar su decisión: “La Sala compulsó copias a la Procuraduría y a la Fiscalía por tres incumplimientos: el de Maicao, Manaure y Uribia en la caracterización de su población infantil”.
Así mismo, explicó que esta compulsa también tendrá el objetivo de investigar a CorpoGuajira por la entrega del estudio sobre mineria y agua, y al Ministerio de Hacienda, liderado por Ruth Maritza Quevedo Fuque, por las órdenes que ya se habían dado en el 2025 sobre esta situación humanitaria.
El magistrado Camargo concluyó: “El cumplimiento sigue siendo bajo. Las entidades no acreditaron resultados verificables. No hay pruebas de que las niñas y los niños wayuu tengan acceso oportuno al agua y tampoco se demostró el cumplimiento de los estándares mínimos de calidad”.
Esos incumplimientos se habrían convertido en la orden a la Fiscalía y a la Procuraduría para que investiguen a funcionarios por determinar en esos tres municipios de La Guajira, por la falta de garantías que hubo para que las comunidades en los territorios pudieran acceder al servicio de agua potable.
“Hay, sin emabrgo, un avance que vale la pena destacar: el distrito de Riohacha caraterizó al 94.7% de su población infantil. Maicao, Manaure y Uribia, en cambio, no acreditan ningún resultado en esta materia. Frente a este panorama el Ministerio de Vivienda pidió reducir el estándar mínimo a suministro de agua de 20 a 5.3 litros diarios por persona. La Sala negó esa solcitud”, explicó Camargo.
La Corte Constitucional explicó que el estándar de 20 litros se mantiene intacto y la meta progresiva sigue siendo de 50 litros diarios por habitante. Así se aplica el principio de progresividad y no regresividad que protege los derechos sociales, según la Corte.
El magistrado Carlos Camargo agregó: “Con base en este diagnóstico, la Sala fijó nuevos plazos obligatorios: los alcaldes de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia tienen 15 días para remitir la caracterización completa de la población infantil wayuu de sus territorios”.
Por su parte, el Ministerio de Vivienda tiene 3 meses para acreditar que el 66% de esa población tiene acceso efectivo a agua potable, mientras que CorpoGuajira deberá entregar el 24 de agosto la constancia de finalización de su estudio sobre mineria y agua potable, y el 26 de octubre dar a conocer los resultados definitivos.