Una nueva disposición del Ministerio de Transporte modifica las condiciones de movilidad para un grupo de conductores en Colombia y pone fin a varios de los trámites que, hasta ahora, eran necesarios para poder circular durante los horarios de restricción por pico y placa.

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La medida hace parte de una actualización normativa que busca facilitar los desplazamientos relacionados con el cuidado de personas con discapacidad y unificar los criterios que se aplican en las diferentes ciudades y municipios del país, donde en muchos casos era necesario solicitar permisos especiales para quedar exentos de la restricción.

Con esta decisión, los vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad ya no estarán sujetos a la medida de pico y placa en Colombia, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por el Ministerio de Transporte. La resolución elimina la necesidad de solicitar autorizaciones locales y reconoce las necesidades de movilidad de esta población y de quienes ejercen labores de cuidado.

Uno de los cambios más importantes es que la excepción ya no dependerá de que la persona con discapacidad viaje en el vehículo. La nueva reglamentación también cobija los desplazamientos realizados por el conductor o el cuidador cuando estos estén relacionados con la atención del beneficiario.

De esta manera, el automotor podrá movilizarse para realizar diligencias como la compra de medicamentos, la asistencia a citas médicas, la realización de trámites y el cumplimiento de otras actividades indispensables para el bienestar de la persona con discapacidad, incluso si esta no se encuentra a bordo en ese momento.

El Ministerio de Transporte explicó que la medida busca reducir las barreras administrativas que enfrentaban estas familias y reconocer el papel que desempeñan los cuidadores, quienes con frecuencia deben desplazarse para atender las necesidades de las personas a su cargo.

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Aunque la exención tendrá aplicación en todo el territorio nacional, los vehículos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la reglamentación para acreditar que están destinados al transporte de personas con discapacidad. La decisión no modifica las demás obligaciones contempladas en las normas de tránsito, como portar la documentación vigente, el SOAT y la revisión técnico-mecánica, cuando corresponda.

“Un gran paso esta resolución que permite ampliar la exención de pico y placa para los vehículos que movilizan a las personas con discapacidad ahora a nivel nacional. Y se evitan todas esas restricciones que tenían cuando se movilizaban entre varias ciudades”, afirmó la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.