La Sección Quinta del Consejo de Estado le ordenó al Ministerio del Interior, liderado por Armando Benedetti, que en un plazo de seis meses publique todos los actos administrativos que tengan relación con los nombramientos que se hacen en esa cartera.
La decisión se dio después de que la Fundación para el Estado de Derecho radicara una acción de cumplimiento, un mecanismo para exigirle a una entidad o una autoridad que cumpla las leyes, con el que buscaba que el Ministerio del Interior cumpliera con la publicación de todos sus actos administrativos de nombramiento.
Tras resolver ese recurso, la Sección Quinta del Consejo de Estado ordenó al Ministerio del Interior garantizar la publicación de esos documentos tras evidenciar que solo tenía disponibles algunos actos correspondientes a 2025 en su página web, pero no incluía las vigencias anteriores ni los actos que se expidieron en 2026.
En medio de ese proceso, el ministerio liderado por el exsenador y exembajador Armando Benedetti también reconoció que esa situación también estaba vinculada con la existencia de fallas técnicas que impedían la consulta completa de dicha información.
Por eso, el alto tribunal le ordenó a esa cartera “Publicar, en un plazo máximo de seis (6) meses, todos los actos de nombramiento omitidos en su página web. Asimismo, dispuso que, en adelante, deberá garantizar la publicación oportuna de los nuevos actos que expida”.
Este proceso inició cuando la Fundación para el Estado de Derecho alegó que varias resoluciones de nombramiento de esa cartera no estaban publicadas ni en su página web ni en el Diario Oficial, lo que “afectaba” el acceso ciudadano a la información y al principio de transparencia.
La acción alegaba que ese Ministerio habría incumplido deberes de publicación porque en su portal web no encontraron nombramientos con información completa, actualizada y visible dentro del menú de transparencia y acceso a la información pública.
La Sección Quinta declaró que el Ministerio “incumplió” un artículo del Código de Procedimiento Administrativo relacionado con el deber de las autoridades de hacer publicos los actos administrativos de nombramiento y le “ordenó” en un término de seis meses publicar todos las resoluciones en ese sentido.
Con esta sentencia, el Ministerio también deberá publicar de ahora en adelante todos los actos administrativos que expida bajo sus competencias legales relacionados con nombramientos, a través de los medios previstos en el Código de Procedimiento Administrativo.