La defensa del exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Olmedo López, puso en duda la integridad de información digital que habría salido de un teléfono celular entregado voluntariamente a la Fiscalía General de la Nación en el marco de la investigación por el denominado caso UNGRD.
El abogado penalista José Moreno aseguró que, al momento de la entrega del dispositivo, la defensa y la Fiscalía establecieron las condiciones y el alcance para el uso de la información contenida en el equipo. Según el jurista, esto significa que la entrega voluntaria del celular no podía interpretarse como una autorización ilimitada para acceder, reproducir, utilizar o divulgar todo su contenido.
La eventual aparición de información proveniente del dispositivo en medios de comunicación, advierte la defensa, abre interrogantes sobre la preservación, autenticidad e integridad de la evidencia, además del respeto por la intimidad y las garantías procesales de quienes han intervenido en el proceso.
Moreno pidió establecer con precisión quiénes tuvieron acceso al dispositivo, quién realizó la extracción de la información, qué copias fueron generadas, bajo qué protocolos fueron almacenadas y quiénes tuvieron posteriormente acceso al material obtenido.
Para la defensa, cualquier ruptura en esa trazabilidad obliga a verificar si los archivos pudieron ser manipulados, alterados, editados o seleccionados antes de su filtración y divulgación pública. Incluso plantea la necesidad de determinar si sobre el material pudieron utilizarse herramientas tecnológicas o de inteligencia artificial capaces de modificar contenidos digitales.
En ese sentido, la defensa cuestiona que fragmentos de conversaciones, capturas de pantalla, audios o archivos sean presentados, por sí solos, como una reproducción íntegra y auténtica del contenido original. La discusión, sostiene, no se limita al contenido de la información, sino también a la forma en que fue obtenida, conservada y posteriormente divulgada.
El planteamiento de Moreno se fundamenta, entre otras normas, en el artículo 29 de la Constitución Política y en los artículos 23, 254, 276 y 277 de la Ley 906 de 2004, relacionados con las garantías procesales, la autenticidad y el manejo de los elementos materiales probatorios.