En Colombia, miles de ciudadanos y conductores implementan en sus vehículos unas cámaras de salpicadero, o dashcams, con el propósito de grabar el recorrido del carro si estos posteriormente se encuentran en algún incidente o hurto.
La implementación de este equipo es legal en el país, aunque está sujeta a seguir una serie de condiciones específicas que son establecidas por la normativa vigente.
¿Cuáles son las condiciones para utilizar una cámara en el carro?
Aunque hoy en día no existe una ley en el país que impida el uso de estos dispositivos cuando un vehículo se encuentra en movimiento o parqueado, sí está condicionada al respeto por el derecho a la imagen y la privacidad de terceros, por lo que es sumamente importante que el conductor sea responsable del material audiovisual.
Entidades del sector, como el Ministerio de Transporte, argumentan que se puede hacer uso de dashcams, siempre y cuando este elemento cumpla con todas las normas de seguridad vial establecidas por el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002).
La principal de estas exigencias es que la cámara no afecte la visibilidad del conductor y que al mismo tiempo no comprometa la seguridad de los ocupantes.
Es por ello que las autoridades de tránsito recomiendan que aquellas personas que vayan a implementar este equipo en sus vehículos lo coloquen en la parte superior central del parabrisas o detrás del espejo del retrovisor, al ser un espacio que otorga una grabación simétrica que no afecta al campo visual del conductor.
En cambio, si el dashcam es instalado en las esquinas del tablero, sobre el airbag o en el centro del tablero, puede terminar obstruyendo la vista del conductor y puede ser considerada como una sanción por las autoridades si consideran que afecta para que el usuario conduzca de forma segura.
El sistema Record del Ministerio de Transporte
La privacidad de personas grabadas por las dashcams del vehículo está establecida en la Ley de Habeas Data (Ley 1581 de 2012).
Si un ciudadano está utilizando el equipo para usos personales y privados, como por ejemplo para grabar un accidente o rectificar un reclamo ante el seguro, no serán aplicadas las restricciones de la ley colombiana.
En cambio, si la grabación luego termina difundida en redes sociales o es compartida a terceros donde aparecen rostros, placas o información que identifique a otras personas, será necesario contar con su consentimiento.
Si no se acata esta obligación, el ciudadano estaría incurriendo en una violación al derecho fundamental al habeas data.
Es por esto que, para gestionar las pruebas de manera formal, el Ministerio de Transporte creó la plataforma Record, en donde los ciudadanos podrán cargar los videos que sean pruebas sobre las maniobras peligrosas o infracciones que pudieron presentar en un accidente.
Las personas que quieran compartir un video deberán ingresar al siguiente link: https://mintransporte.gov.co/publicaciones/11627/registro-de-condiciones-de-riesgo-en-los-desplazamientos-record/
Tras entrar a la página, deberán seguir los próximos pasos:
- Dirección de infracción (departamento y ciudad)
- Fecha del evento
- Hora aproximada del evento
- Cargue de evidencia
- Nombre de quien reporta (opcional)
- Número de contacto (opcional)
- Aceptar términos y condiciones