Consejo Superior de la Judicatura | Foto: Archvio SEMANA

ASÍ CAMBIARÁ EL ESTADO

La Judicatura: la corte que se resiste a morir

La más polémica inquilina del Palacio de Justicia se eliminaría con esta reforma. Así es el organismo que la reemplazaría.

Cristina Castro
2 de junio de 2015

Uno de los pocos puntos de la reforma en la que los congresistas y el Gobierno siempre estuvieron de acuerdo fue en la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura. Esa alta corte fue creada en 1991 con el objetivo de darle independencia a la rama judicial.

El organismo tiene dos salas encargadas de funciones claves para la justicia. La primera, la administrativa, tiene seis magistrados (uno elegido por la Corte Constitucional, dos por la Corte Suprema y tres por el Consejo de Estado), que son los encargados de dirigir las políticas y el presupuesto de la rama. La segunda, la disciplinaria, tiene siete magistrados (todos elegidos por el Congreso), que son los jueces de los abogados.

Sin embargo, diferentes episodios, como el carrusel de pensiones y el escándalo por los fallos de la justicia penal militar, comenzaron a minar la imagen del Consejo Superior de la Judicatura y crearon un consenso nacional sobre la necesidad de acabarlo. En el trámite del proyecto el presidente señaló a los magistrados de esa corte de estar “cortejando” a los congresistas para impedirlo.

¿Cómo será el nuevo organismo?


La reforma de equilibrio de poderes diseñó una nueva estructura para la administración de justicia así:
 
1) Consejo de Gobierno Judicial: Este órgano tendrá como fin “promover el acceso a la justicia, la eficiencia de la rama judicial, la tutela judicial efectiva y la independencia judicial”. Reemplazaría la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
2) Gerencia de la Rama Judicial: es un órgano subordinado al Consejo de Gobierno Judicial y estará organizada de acuerdo con el principio de desconcentración territorial.
3) Comisión Nacional de Disciplina Judicial: es la encargada de examinar la conducta y sancionar las faltas de los abogados en ejercicio de su profesión.

¿Qué funciones tendrá el Consejo de Gobierno Judicial?

Según la reforma, el Consejo de Gobierno Judicial es un órgano no permanente encargado de dos funciones. La primera es definir las políticas de la rama judicial, y la segunda, postular las listas y ternas de candidatos para magistrados. Tiene también las siguientes tareas: regular los trámites judiciales, expedir el reglamento de la carrera judicial, presentar el presupuesto de la rama judicial, definir la estructura orgánica de la Gerencia de la Rama Judicial y supervisar esa entidad.

¿Quiénes son los miembros del Consejo de Gobierno Judicial?

El nuevo organismo estará integrado por nueve miembros: los presidentes de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado; el gerente de la rama judicial, un representante de los magistrados de los tribunales y de los jueces, un representante de los empleados de la rama judicial, tres miembros permanentes de dedicación exclusiva. Ninguno de los miembros del Consejo de Gobierno Judicial podrá ser reelegido.

¿Quién será el gerente?

La reforma crea un supercargo que gerenciará el presupuesto de la justicia: tres billones de pesos. Quien lo ocupe deberá ser profesional con 20 años de experiencia, de los cuales diez deberán ser en administración de empresas o en entidades públicas. Será nombrado por el Consejo de Gobierno Judicial para un período de cuatro años. 

¿Qué funciones tendrá el gerente?

La Gerencia de la Rama Judicial será la encargada de “ejecutar las decisiones del Consejo de Gobierno Judicial, proveer apoyo administrativo y logístico a este órgano, administrar la rama judicial, elaborar planes y programas para aprobación de la junta, formular modelos de gestión e implementar los modelos procesales en el territorio nacional, administrar la Escuela Judicial, administrar la Carrera Judicial, organizar la Comisión de Carrera Judicial, realizar los concursos y vigilar el rendimiento de los funcionarios y los despachos”. Además, este funcionario representará legalmente a la rama judicial.
 
¿Qué es la Comisión Nacional de Disciplina Judicial?


Según la reforma, “la Comisión Nacional de Disciplina Judicial será la encargada de examinar la conducta y sancionar las faltas de los abogados en ejercicio de su profesión”. El acto legislativo hace una salvedad y es “salvo que esta función se atribuya por la ley a un Colegio de Abogados”. Con esto, la reforma abre la puerta a que en Colombia se cree un sistema de “barra”, como existe en Francia y en Estados Unidos, que discipline a los abogados adscritos a esta.

¿Quiénes harán parte de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial?


El nuevo organismo tendrá siete magistrados. Cuatro de estos serán elegidos por el Congreso en pleno de ternas enviadas por el Consejo de Gobierno Judicial previa convocatoria pública adelantada por la Gerencia de la Rama Judicial. Los otros tres serán elegidos por el Congreso en pleno de ternas enviadas por el presidente de la República, previa convocatoria pública.  Tendrán periodos personales de ocho años, y deberán cumplir los mismos requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

¿Este nuevo organismo puede revisar tutelas?


No. La reforma cierra de tajo el choque de trenes que se habían generado entre las altas cortes por la posibilidad que tenía el Consejo Superior de la Judicatura de revisar por vía de tutela las decisiones de otros despachos. Esto había sido muy polémico, pues por ejemplo por esa vía se había intentado tumbar los fallos de la yidis política y otros procesos de relevancia judicial. El acto legislativo le quita esta competencia al nuevo organismo.

¿Qué va a pasar mientras se crean las nuevas instituciones?

El acto legislativo plantea una serie de medidas para la transición de la Judicatura a los nuevos organismos. Sin embargo, le da al gobierno nacional un plazo (hasta el primero de octubre del 2015) para que presente “un proyecto de ley estatutaria para regular el funcionamiento de los órganos de gobierno y administración judicial”.

*Editora de Justicia revista Semana