“Creemos que una buena medida puede ser que las empresas y los trabajadores tengan un periodo de entre 12 y 18 meses para pagar dichos aportes sin ningún interés de mora”, dijo Montenegro.
Días atrás, la Corte Constitucional declaró como inconstitucional la reducción por dos meses de los aportes al sistema pensional y ahora tanto empleadores como empleados deberán pagar cerca de $3 billones de cotizaciones no realizadas durante mayo y junio.
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De acuerdo con cifras de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos), durante los dos meses en los que se disminuyó el aporte, tanto Colpensiones como las AFP dejaron de recibir cerca de $3 billones. Sin embargo, el viceministro general de Hacienda, Juan Alberto Londoño, dijo que la cifra era cercana a $1 billón.
“Tenemos que esperar a que el fallo salga. Ellos dicen que los recursos deben aportarse al sistema de pensiones. Esperemos que den plazo para que los recursos se aporten al sistema de pensiones y no que sea de manera inmediata, porque daría un golpe para las cajas de las empresas”, dijo días atrás Juan Alberto Londoño.
La cotización a pensiones mensual en Colombia es del 16% del salario del trabajador. Si el cotizante es independiente, el aporte es responsabilidad de él mismo, pero si es un empleado, la empresa es la encargada de cubrir el 75% del aporte mensual. Con base en lo anterior, tanto empleadores como empleados deberán realizar sus respectivos aportes a pensión que no fueron realizados en mayo y junio.
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Se espera que cuando la Corte dé a conocer el fallo de su decisión, también se establezca el tiempo límite y los mecanismos para realizar los aportes que fueron suspendidos.
Traslado a Colpensiones
La Corte también declaró como inconstitucional el traspaso de cerca de 20.000 pensionados bajo la modalidad de retiro programado de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) privadas hacia Colpensiones.
Con esta iniciativa, las AFP debían trasladar los ahorros de estos pensionados, que sumaban más de $5 billones, a Colpensiones para que esta realizara el pago correspondiente sin exponer el capital a las volatilidades del mercado.
“Reiteramos, tras este fallo, que las administradoras de los fondos de pensiones constituyen un sector sólido, cuya experiencia y capacidad para cumplirles a sus afiliados, entre ellos, sus pensionados, está más allá de toda duda. Las AFP han cumplido, cumplen y seguirán honrando sus obligaciones como el mejor aliado de los trabajadores en la construcción de su ahorro previsional”, dijo Montenegro.
