Home

Economía

Artículo

Impuesto a la riqueza: qué es, cómo funciona y cuándo se cobra en Colombia | Foto: Getty Images

ECONOMÍA

Impuesto a la riqueza: qué es, cómo funciona y cuándo se cobra en Colombia

Según el calendario tributario de este año, algunos colombianos deben realizar el pago de la segunda cuota a partir del 28 de septiembre y hasta el 9 de octubre.

6 de septiembre de 2020

En muchos países ha generado polémica el impuesto a la riqueza, o antes llamado el impuesto al patrimonio. Se trata de una medida que han adoptado varios Gobiernos y que busca que las personas que tengan un patrimonio líquido superior o igual a 5.000 millones de pesos están presenten la declaración de impuesto al patrimonio hasta 2021. La tarifa que tendrán que pagar será de 1 por ciento.

El impuesto al patrimonio fue creado con la Ley de Financiamiento y grava a las personas que tengan desde enero de 2019 la posesión de un patrimonio líquido superior a 5.000 millones de pesos.

De acuerdo con la normativa de la Dian, el patrimonio de las personas naturales residentes en Colombia, incluye tanto los bienes poseídos en el país como los poseídos en el exterior. Así las cosas, el impuesto también recae sobre las personas naturales, las sucesiones ilíquidas, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y otros contribuyentes de que trata el artículo 292-2 del Estatuto Tributario.

De acuerdo con la Dian, “el Impuesto a la Riqueza es susceptible de declararse y pagarse de manera voluntaria por el contribuyente, en este caso la declaración tributaria y el pago realizado producen plenos efectos legales“.

Según el calendario tributario de este año, los colombianos que cumplen con esas condiciones deben realizar el pago de la segunda cuota a partir del 28 de septiembre y hasta el 9 de octubre, de acuerdo con el último número del NIT. 

Así mismo, las personas naturales sin residencia en el país que posean un establecimiento permanente en Colombia, en ese caso la base gravable será al patrimonio atribuido al establecimiento permanente con base en el artículo 20-2 del Estatuto Tributario.

Para lo que deben realizar un estudio, en base al principio de plena competencia, considerando las funciones, activos utilizados, personal involucrado y riesgos asumidos por la empresa mediante el establecimiento permanente o sucursal, según corresponda. AQUÍ puede encontrar un paso a paso de cómo pagar ese impuesto.