La oferta de servicios para constituir sociedades de responsabilidad limitada de un solo miembro (LLC) se ha multiplicado en redes sociales. Algunas propuestas incluyen mensajes como “no paga impuestos”, “no tiene que reportar al beneficiario final”, “la Dian no puede saberlo” o “si no retira el dinero, no tributa”.
Estas afirmaciones pueden generar interpretaciones equivocadas y riesgos legales y tributarios.
“Si usted es residente fiscal colombiano, no puede analizar la LLC solamente con las reglas de Estados Unidos porque Colombia tiene un sistema de renta mundial”, afirmó Katherine Díaz, cofundadora de V&V Asociados.
Una LLC de un solo miembro puede ser considerada una disregarded entity para efectos fiscales en Estados Unidos. Sin embargo, esta clasificación no significa que la renta desaparezca ni que quede excluida automáticamente de la tributación en el país de residencia fiscal de su propietario.
Los residentes fiscales colombianos deben analizar las normas sobre ingresos, activos y entidades en el exterior, además de las obligaciones de declaración y reporte.
También existen mecanismos de intercambio de información entre Colombia y Estados Unidos, como el Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria (TIEA) y el acuerdo intergubernamental relacionado con FATCA.
“El hecho de que Estados Unidos tenga un régimen diferente al CRS no significa que no existan mecanismos de intercambio de información tributaria. Colombia y Estados Unidos tienen un acuerdo de intercambio de información tributaria, Ley 2666”, afirmó Díaz.
La especialista señaló que la ausencia de un reporte específico de beneficiarios finales (BOI) no implica que una entidad sea invisible para bancos, autoridades tributarias o mecanismos de cooperación. Las instituciones financieras pueden solicitar información sobre propiedad, origen de recursos y actividad económica.
La conveniencia de una LLC depende de la situación fiscal, operaciones, ingresos y obligaciones en cada jurisdicción. Antes de constituirla, se recomienda asesoría especializada en tributación internacional.
