Rafael Pardo. | Foto: MinTIC - Flickr

OPINIÓN

Rafael Pardo responde acusaciones de corrupción de Juan Manuel López

Rafael Pardo responde en esta carta a Juan Manuel López Caballero, columnista de Dinero, y se defiende de las acusaciones de corrupción en el Partido Liberal.

8 de julio de 2016

Me quiero referir a las columnas aparecidas en la publicación a su cargo de autoría del señor Juan Manuel López Caballero, y en las que de manera reiterada, han presentado a sus lectores una desfigurada visión en torno a la conducción del Partido Liberal que ejercí en el pasado, pidiéndole dar cabida en forma íntegra a esta comunicación como constancia de mi rechazo y buscando dar claridad sobre el tema.

El señor López Caballero sugiere que un debate jurídico sobre la forma de reformar los estatutos del Partido Liberal constituye un acto de corrupción, e incluso insinúa que el mismo significó la malversación de fondos públicos, todo lo cual es falso.

Como director del Partido promoví una reforma estatutaria que tenía por objeto el cumplimiento de un deber legal, la cual se adoptó con base en un procedimiento que se consideró el adecuado. Esa reforma ha sido cuestionada judicialmente con el argumento de que no siguió el trámite interno debido. El Consejo de Estado dio la razón a los demandantes y ordenó, como según entiendo se ha hecho rigurosamente, adelantar el procedimiento que ese tribunal estimó como el que debía seguirse.

La decisión del Consejo de Estado es controvertible, e incluso algunos la consideran como un riesgo de injerencia judicial en la organización interna de los partidos, pero ese es un debate que seguramente abordará la Corte Constitucional, cuando resuelva la tutela que se encuentra a su consideración para resolver en definitiva éste asunto. No es el lugar de entrar en la discusión jurídica, que es compleja y que solo importa a especialistas. Lo que sí es de interés público es señalar con toda claridad, que a pesar de las insinuaciones del columnista, los gastos de funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, se rigen por los criterios establecidos en la ley 130 de 1994. Además, están sometidos a una auditoria interna y las cuentas se deben rendir ante la organización electoral.

Pues bien, mientras fui director del Partido, se cumplió cabalmente con los informes anuales, y, obtuvieron la correspondiente certificación del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales. No hay ni una sola glosa concreta sobre algún gasto ordenado durante ese momento y por tanto las insinuaciones solo pretenden hacer daño injustificado. Las afirmaciones tendenciosas vulneran derechos que esa revista y todas las personas tienen el deber de respetar y proteger.

El señor López Caballero tiene derecho a tener todas las animadversiones personales que quiera y ha contado con toda la posibilidad de tramitarlas públicamente en los medios de comunicación más importantes del país, pero ese derecho tiene el límite básico de no vulnerar el derecho de los otros. Los míos, a la honra y al buen nombre, no son la excepción, pero también el de los lectores que tienen derecho a recibir una información veraz e imparcial. No debería abusar de un espacio que le otorga su hermano, el presidente de Publicaciones Semana.

Si bien se trata de una columna de opinión, quiero poner de presente dos reglas establecidas por nuestra Corte Constitucional, en casos similares: primero, la obligación del medio de distinguir entre opinión e información y segundo, en palabras del magistrado Carlos Gaviria Díaz, el deber de quien opina de expresarse de manera responsable y profesional.

Invoco su protección para que el señor López Caballero no continúe vulnerando mis derechos. Pues incluso esta comunicación puede provocar nuevas columnas en el mismo sentido. Y esas columnas en las que se refiere a mi caso no pasarían el más elemental test a los que el magistrado Gaviria consideraba que debían someterse las columnas de opinión, las cuales no deben “dar lugar a interpretaciones equívocas, pues están de por medio la honra y buen nombre de las personas respecto de quienes se opina, así como el derecho del público a recibir información veraz e imparcial. En la práctica, el periodista tiene el derecho de opinar sobre cualquier cosa –y es deseable que ejercite ese derecho–, aun cuando su opinión no se base en hechos sino en meras especulaciones, pero no le es dado hacer aparecer dichas especulaciones como si fueran hechos ciertos… Una conducta distinta es contraria al profesionalismo con que el periodista debe, según dispone la Constitución, ejercer su libertad de expresión”.

En mi larga vida pública no hay una sola sombra o duda de la forma transparente y recta como he ejercido mis funciones.

Rafael Pardo Rueda