| Foto: Guillermo Torres

NACIÓN

Rezar o no rezar, esa es la cuestión

La noticia de que un juez en Cartagena prohibió el rezo en instituciones públicas provocó la ira de los creyentes. Desconocen que Colombia es un estado laico.

19 de mayo de 2016

La semana pasada se conocía la noticia de la suspensión por parte del juez Alejandro Bonilla Aldana de Cartagena de unos artículos del Acuerdo 05 de 2007 que establecen, entre otros, la obligatoriedad de la oración matutina como orientación fundamental para recuperar “los principios religiosos en la ciudad”. Así pues, con esta medida se eliminaba la imposición de las plegarias al inicio de las actividades diarias en las instituciones educativas públicas y privadas de nivel preescolar, primaria y secundaria; batallones militares, estaciones de policía y un largo etcétera. Es decir, en cualquier acto de entidades públicas y también en las plenarias del Concejo.

La decisión no sentó bien a las clases más conservadoras de la capital de Bolívar que días después se reunieron delante de la Alcaldía para protestar. Más de un millar de creyentes defendieron su elección de encomendarse a Dios con pancartas en las que se podían leer frases como “Cartagena es de Cristo” o “Dios exige que hay que orar sin cesar”.

De acuerdo con el abogado Héctor Pérez, miembro de la comunidad cristiana La Unción, "no pueden las minorías imponernos sus no creencias, esto no puede ser una tiranía de las minorías contra las mayorías; esto es un ataque que viene desde hace rato contra los creyentes", argumentó en entrevista con la agencia Efe.

Por su parte, el juez Alejandro Bonilla Aldana, en el fallo que revoca el Acuerdo de 2007, alegó que las plegarias “no puede tenerse como elemento cultural generalizado”, y agregó que las autoridades civiles no pueden imponer su ejercicio obligatorio y así desconocer la libertad religiosa.

Para aterrizar esta polémica hay que entender que Colombia es un estado aconfesional desde la Constitución de 1991. El término ‘aconfesional’, en oposición a ‘confesional’, supone que, desde el Estado, no se confiere ningún reconocimiento jurídico especial a un credo específico, por lo que todas las religiones tienen un estatus de igualdad ante la ley. El Estado, por lo tanto, es imparcial e independiente a cualquier culto y no puede restringir, ni imponer la práctica de ninguno.

La Carta Magna colombiana vigente también prescindió del preámbulo de la de 1886 en la que se establecía la consagración de la sociedad colombiana a una figura divina. “En nombre de Dios, fuente suprema de toda autoridad…” se cambió por el texto “El pueblo de Colombia en ejercicio de su poder soberano…”.

Asimismo, el artículo 19  garantiza la libertad de culto. Esto supone que existe un mandato constitucional que impide al Estado otorgar un tratamiento especial a una religión específica, una realidad que ratificó la sentencia C 350/94 que estableció un “Estado laico, con plena libertad religiosa, garantizado por una estricta separación entre el Estado y las iglesias, así como la igualdad de derecho de todas las confesiones religiosas frente al Estado y el ordenamiento jurídico”.

Si bien, antes de 1991, Colombia si era, efectivamente, un país con férreas creencias cristianas y caracterizado por una falta de neutralidad, la Constitución cambió el escenario para dar cabida a todos los cultos.

Un nuevo paradigma más tolerante con la pluralidad poblacional que define al país, y también con sus raíces indígenas. Pero, como aseguran varios entendidos en la materia consultados por Semana Educación, una cosa es la teoría y otra la práctica.

¿Es Colombia un país laico?

Uno de los estudios más completos que se tienen sobre las tendencias religiosas en Colombia es el que realizó el sociólogo William Beltrán en 2012, con el apoyo de la Universidad Nacional y la Universidad Sergio Arboleda.

La encuesta, con una muestra de 3.853 personas, estableció que la inmensa mayoría de los colombianos, el 94%, se define como “creyente”. De estos, el 70,9 % aseguró ser católico, y un 16,7 % evangélico. Sólo el 0,4 % se definió como protestante. También se delimitó un sector que redujo su relación con la religión cristiana con afirmaciones tales como “creo en Dios o soy católico a mi manera”.

En la otra cara de la moneda el 4,7 % de los colombianos, que aseguró ser ateo o agnóstico.

¿Qué pasa en los colegios?

De acuerdo con voceros del Ministerio de Educación, es importante diferenciar entre las instituciones de educación privadas y oficiales. Mientras que en las primeras rige el principio de autonomía, por el que las directivas son libres de imponer la práctica de algún culto de forma independiente, las segundas están sujetas al mandato de la Constitución de 1991.

Hace unos años, el Ministerio de Educación salió al paso de una polémica suscitada en Ibagué porque a los niños se les obligaba a asistir a misa y rezar el rosario antes de clase. 

Tras las quejas de varios padres, el MEN mandó un comunicado recordando a los directivos que en Colombia “existe libertad de culto”, y añadió que “nadie se le puede obligar a realizar cultos que vayan contra sus convicciones religiosas, y menos que por ello sean calificados o implique una mala nota”.