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Todo indicaría que revisar su historial crediticio no generaría problemas en su puntaje.
Datacrédito es una de las tres centrales de riesgo autorizadas por las centrales de riesgo en Colombia | Foto: Getty Images

Economía

Datacrédito: ¿con cuántos días de mora pueden reportar a una persona en una central de riesgo?

Las entidades de crédito no pueden enviar un reporte negativo sin antes avisar al deudor que este proceso se encuentra en desarrollo.

24 de mayo de 2022

Los reportados en las centrales de riesgo aún se cuentan por cientos en el país, esto a pesar de que la llamada ‘Ley de Borrón y Cuenta Nueva’ ya ha ayudado a más de 16 millones de personas a salir de esta situación.

Por esto, para no ser parte de este grupo de colombianos, lo ideal sería que las personas cumplieran a tiempo con las obligaciones económicas que adquirieron con empresas, organizaciones u otras entidades a las que solicitaron un crédito. Un reporte negativo sería fatal para la vida crediticia de cualquier mayor de edad en el país, por lo que siempre es necesario, si se tiene alguna deuda, estar muy atento/a a los tiempos de pago y de esta forma no tener ningún inconveniente.

No obstante, como no todos los escenarios se presentan en mundos ideales, lo cierto es que hay inconvenientes que se pueden dar, los cuales evitan que las personas puedan cumplir con sus obligaciones crediticias.

Afortunadamente, la ley colombiana permite tener un ‘colchón’, que asegura a los deudores atrasados en una sola cuota tener un tiempo límite para cumplir con el pago, aunque la fecha oportuna ya haya pasado.

Las centrales de riesgo tienen conocimiento de que una persona es morosa con base en los reportes negativos que envían las empresas; sin embargo, en caso de una persona ‘colgada’ en una sola cuota, este reporte no se puede hacer inmediatamente, sino que, primero, la empresa acreedora deberá informar a su cliente que podría ser reportado ante alguna central de riesgo (Datacrédito, Cifín, o Procrédito) por su incumplimiento en el pago de la cuota. Este aviso deberá realizarse en al menos dos ocasiones, según lo dicta el parágrafo 2 del artículo 13 de la ley 1226 de 2008.

Después, el archivo informa que entre el último aviso y el envío del reporte debe existir al menos 20 días de diferencia. Es decir, desde el último mensaje enviado por la compañía que otorgó el crédito, el deudor tendrá 20 días calendario para poder saldar la deuda o si no será reportado ante alguna central de riesgo.

Ahora bien, este plazo también se asigna con el fin de que las personas tengan la oportunidad, en caso de no tener los recursos para cubrir el saldo en mora, hablar con la entidad correspondiente y de esta forma llegar a un proceso de refinanciación con el fin de evitar el reporte negativo.

¿Pueden embargar el sueldo por deudas de una tarjeta de crédito?

Cuando una persona no ha podido renegociar su deuda con la compañía de crédito, no solo puede ser reportada a una central de riesgo, sino que además, según la deuda, puede ver embargado su sueldo.

Así lo dicta el artículo 154 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual aclara que para poder gestionar dicho embargo, el deudor deberá tener un sueldo mayor al salario mínimo legal vigente (SMMLV), que para 2022 está en un millón de pesos colombianos.

Cuando un juez se asegura que el acusado cuenta con recursos superiores al SMMLV, tiene la facultad de ordenar el embargo a su sueldo como forma de cumplir con sus responsabilidades económicas; no obstante, este embargo, no es por el 100 % del salario, sino por el 20 % del excedente al salario mínimo.

Por ejemplo, si un ciudadano tiene una deuda crediticia, pero sus ingresos son de 1.200.000 pesos, solo se puede embargar el 20 % de los 200 mil pesos que exceden al salario mínimo legal.

De esta forma, la operación que se deberá realizar en el juzgado para saber cuánto puede ser el monto a embargar es: (salario) – (salario mínimo) /5 = Monto embargable del salario.

Es decir, para este caso: 1.200.000 – 1.000.000 / 5 = 40.000 pesos.