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FIRME ADVERTENCIA A LOS GOLPISTAS

La condena a los militares del 27 de octubre fue un acto preventivo más que un castigo en sí

21 de mayo de 1984

La condena de tres militares golpistas, cuyos abogados anunciaron que recurrirán la sentencia, es vista en España como un acto preventivo más que como un castigo en sí. Los coroneles Luis Muñoz Gutiérrez y Jesús Crespo Cuspinera y el teniente coronel José Enrique Crespo Cuspinera fueron hallados autores responsables de "un delito consumado de conspiración para la rebelión militar" y condenados a 12 años y un día de reclusión militar, por un consejo de guerra que dio a conocer el 15 de abril su sentencia.
Los tres condenados y otro militar que resultó absuelto fueron detenidos. Para el 27 de ese mismo mes, un día antes del señalado para las elecciones parlamentarias que llevaron al Partido Socialista Obrero Español (PSOE) al gobierno. Los golpistas, conocidos por sus ideas ultraderechistas y por sus vinculaciones con civiles de esa militancia, programaron un golpe "a la turca", cuyo resultado en octubre de 1982 bajo la acusación de estar preparando un golpe de Estado habría sido la destitución del Rey Juan Carlos y la supresión de los partidos políticos, para dar paso a "una democracia orgánica". Sin embargo, de las actuaciones judiciales se desprende que el plan careció de apoyo suficiente, hecho que hizo afirmar al matutino Diario 16 que "estos golpistas de vía estrecha no han conseguido ni siquiera conmover los cimientos de la democracia". El matutino liberal El País señala que "la sociedad española ha progresado vertiginosamente en los últimos años en la aceptación de los dramas y las comedias que la convivencia democrática impone".
El gobierno, por su parte, se abstuvo de comentar la sentencia, al igual que la mayoría de los políticos, con excepción de los comunistas Nicolás Sartorius y Marcelino Camacho. El primero la calificó de "justa e inobjetable", en tanto el segundo dijo que el pedido del tribunal de que el gobierno rebaje la pena "es una postura demasiado cómoda y evidencia una intención de evadir su propia responsabilidad". En efecto, el consejo de guerra añadió en su sentencia una consideración en la que califica de "notablemente excesiva" la pena aplicada, aunque advierte que debió establecerla "por imperativo de la rigurosa aplicación de la ley". El tribunal señaló que otros delitos más graves como la "conspiración para la traición" son castigados con penas inferiores, que la repercusión de lo actuado por los condenados tuvo escaso grado de incidencia y que éstos tienen una "acreditada trayectoria militar y profesional ".
El gobierno tiene prevista una reforma del código de justicia militar, desde hace tiempo, que trasladara a la jurisdicción civil los delitos de conspiración. El código civil fija una pena comprendida entre seis meses y seis años de prisión para los autores de una conspiración para la rebelión.
Cuando los abogados de los condenados recurran se iniciará un proceso de varios meses, situación que podría llevar al gobierno presidido por Felipe González a abstenerse de contestar al pedido del tribunal de rebajar la pena, ya que ésta quedaría reducida por la simple aplicación del código reformado. Aparte de la diferencia entre el plazo que deberían pasar en prisión los condenados, según se aplique la actual condena o se la rebaje, sea por el gobierno o por aplicación de la reforma, surge otra más importante, que es la permanencia o expulsión del Ejército de aquéllos. Con la pena actual los tres militares "perderán empleo", lo que significa que dejarán de ser militares. En cambio, si la pena fuese inferior a 12 años y un día pero superior a tres años y un día, los condenados serían "separados del servicio" pero no perderían su condición de militares.
El país opinó en su editorial del 16 de abril, que la ausencia de pruebas no significa que no haya habido otros conspiradores y agrega que es "a la luz de estas consideraciones como se debe analizar y entender la petición de aminoración de penas". Al margen de razones humanitarias, añade, es importante señalar la diferencia entre "pérdida de empleo" y "separación del servicio". Diario 16 pide que el gobierno acepte el pedido de rebajar las penas por la falta de entidad del golpe, pero añade que en todo caso se deberá mantener "íntegramente" la pena accesoria de pérdida de empleo, "pues quien conspira contra la legalidad constitucional no merece el honor del uniforme castrense".
La separación del Ejército de los golpistas o de quienes intenten serlo, se convierte asi en España en una firme advertencia para probables émulos, quienes sabrán que la expulsión de las filas armadas estará en el horizonte de los conspiradores contra el régimen constitucional español. -
-Tito Drago (Madrid) -