Home

Nación

Artículo

| Foto: Archivo SEMANA

AVIACIÓN

Admiten demanda sobre ilegalidad de huelga en Avianca

Este paso es clave para restablecer la normalidad en el servicio de transporte aéreo, pero no es suficiente. Equipo jurídico de presidencia trabaja en convocatorio a un tribunal arbitral obligatorio, lo que forzaría a los pilotos en paro a volver al trabajo.

28 de septiembre de 2017

El cese de actividades que adelantan los pilotos de Avianca pertenecientes a la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC) hace rato pasó de castaño a oscuro. Desde diversos sectores empresariales y gremiales se ha hecho un llamado para encontrar una solución que restablezca, lo antes posible, la normalidad en el servicio de transporte aéreo.

Un paso importante en esta dirección, lo acaba de dar el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá al admitir, en auto del 28 de septiembre, la demanda de declaratoria de ilegalidad de la huelga que adelanta el grupo de pilotos de la aerolínea bandera de Colombia.

Junto con la admisión de la demanda, el Tribunal ordenó notificar personalmente a la ACDAC, en la forma y términos previstos en las normas (Numeral 4 del artículo 129 A del Codigo Procesal y artículo 4 de la Ley 1210 de 2008). Una vez se haga efectiva la notificación al presidente de esta asociación, se fijará la fecha para la audiencia pública correspondiente en la que se escuchará a las partes y se practicarán las pruebas solicitadas.

Las razones presentadas por la compañía parten de la Ley 336 de 1996 que en sus artículos 5 y 68 establece claramente que el transporte aéreo es un servicio público esencial, que incide directa e indirectamente en la dinámica social y económica del país, siendo la huelga un acto de incumplimiento que da prelación al interés particular sobre el interés general.

Avianca también anexó pruebas que demuestran los vicios de procedimiento en la convocatoria de ACDAC, como el no haber indicado expresamente en la citación de la asamblea que la votación era para la convocatoria a huelga, no haber invitado a dicha asamblea a todos los trabajadores de la compañía, y ejecutar el cese de actividades con una votación claramente minoritaria, en la que solo participaron algunos de los afiliados de ACDAC, desconociendo con ello que la huelga en términos legales y constitucionales exige la votación a favor de ésta, de la mitad más uno de todos los trabajadores de Avianca.

Aunque la declaratoria de la huelga es un primer paso que ayudaría a restablecer la normalidad en la actividad, esto no es suficiente.

Distintos sectores le vienen pidiendo al gobierno nacional que intervenga, a través de un tribunal de arbitramento. En carta dirigida al presidente Juan Manuel Santos, los representantes de las principales compañías aéreas que operan en Colombia señalaron que, ante el estado del conflicto, lo que procede es dar aplicación al artículo 452 del Código Sustantivo del Trabajo. Esto se refiere al sometimiento a un arbitramento obligatorio, por tratarse de un conflicto colectivo de trabajo en un servicio público esencial. En consecuencia le piden al Ministerio de Trabajo instar a las partes a la designación del árbitro y proceder con la designación del tercero.

SEMANA pudo establecer que ya el equipo jurídico de la presidencia trabaja en este tema y que en cualquier momento puede convocarse al tribunal.

Empresarios de la industria área justificaron la intervención del gobierno, dada la importancia que tiene este sector para la economía. Es más, recordaron que los gobiernos no solo movilizan recursos técnicos, humanos y legislativos para apoyar el desarrollo del sector aéreo, sino que, incluso, adoptan decisiones drásticas en momentos conyunturales cuando sus líneas banderas se ven afectadas.

Hay varios antecedentes que muestran estas acciones. El paro de pilotos de Iberia en el 2012 y la huelga en American Airlines en 1997 son dos ejemplos de cómo los gobiernos tuvieron que intervenir para detener la huelga.