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En tanto no se produzca el fallo, la Alcaldía de Chapinero debe abstenerse de intervenir en la Zona G. | Foto: Archivo Particular

URBANISMO

Residentes de la Zona G ganan primera batalla a la Alcaldía de Chapinero

El juzgado 36 administrativo de Bogotá decretó este jueves dos medidas cautelares a favor de la comunidad.

David Bustamante Segovia
14 de agosto de 2015

Desde que la Alcaldía presentó su proyecto de intervención urbana para la Zona G en agosto de 2013, los residentes del sector opusieron férrea resistencia. Camilo Reales, residente del sector y vocero de la comunidad, lideró varias acciones legales en ese sentido entre 2012 y 2014 y ahora lidera una acción popular.

El juzgado administrativo resolvió este jueves ordenar a la Alcaldía a abstenerse de intervenir en la Zona G mientras no haya sentencia ejecutoriada y a iniciar un proceso de participación real y transparente con la comunidad. (Ver medidas cautelares)

Los residentes argumentan que la autoridad pretende sacar adelante un proyecto que desde su origen cuenta con vicios tanto de forma (presupuesto) como de fondo (participación ciudadana). La Alcaldía Local en cabeza de Mauricio Jaramillo, por su parte, dice atender las inquietudes de la comunidad y que el proyecto la beneficia.

Versiones

El objeto del contrato No. 052 de 2013 suscrito entre la Alcaldía de Chapinero y el contratista Milton Eduardo es la “realización de obras de mantenimiento y rehabilitación de segmentos viales y de andenes de la Localidad Chapinero”, lo que, según Reales, debería entenderse como una reconstrucción global del sector. (Documento del contrato)

El informe ejecutivo que a propósito del proyecto entregó el contratista constata que la obra tiene como única intervención dos calles donde se encuentran quizá los mejores restaurantes del sector, a saber: Calle 69A y Carrera 6, cuya intersección forma una T. (Informe ejecutivo)

Para Reales y buena parte de la comunidad esto riñe, no solamente con el objeto contractual, sino también con un oficio del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) según el cual es necesario atender 1.200 vías de todo Chapinero y no concentrar la atención solamente en dos calles. “Pero la alcaldía anuncia en medios de comunicación que su proyecto trata de una intervención integral”, indicó el vocero.

En entrevista con Semana.com, el urbanista y decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de los Andes, Eduardo Behrentz, señala que “por cada peso que uno se gasta en las calles que desea peatonalizar debe gastar el doble –y a veces hasta el triple– en el sector que las rodea”, refiriéndose a una intervención integral y “la Alcaldía de Chapinero no está cumpliendo con estos lineamientos”.

Contienda

Una mesa de trabajo entre la comunidad y la Alcaldía Local fue creada por la Secretaría de Gobierno en febrero de este año, en la que el subsecretario José Cuesta era moderador. Sin embargo, fue terminada el 29 de abril debido a que las partes no pudieron conciliar y quedaron a la espera de un concepto del Secretario de Planeación, Gerardo Ardila, ante quien la comunidad radicó un derecho de petición el 30 de abril.

La Secretaría de Planeación respondió que la Zona G es un sector de interés cultural y que, por ello, la entidad competente para resolver sobre la intervención urbana pretendida por la alcaldía es el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), según los decretos 606 de 2001 y 070 de 2015. (Pronunciamiento de Secretaría de Planeación)

El 23 de junio, sin embargo, salió la licitación del proyecto de la Alcaldía Local para la Zona G, lo que provocó la acción popular entablada por la comunidad el primero de julio y una solicitud ante la Veeduría Distrital de diligenciar un concepto técnico con relación a la licitación. (Licitación pública 004 de 2015).

La Veeduría contestó el 22 de julio que la Alcaldía no solo cambió su objeto contractual: incurrió en “exigencias injustificadas y excluyentes que riñen con los principios de la contratación estatal” además de haber “restringido” la participación ciudadana que ayer el juzgado administrativo ordenó celebrar. (Concepto técnico del veedor distrital)

Lo más grave –dijo Reales– está en un párrafo de la veeduría que reza: “[…] el valor por metro cuadrado del proyecto es de 2.102.396 pesos, lo que está muy lejos del valor manejado por el IDU (302.066 pesos) para el metro cuadrado de cualquier RAPS (Redes Ambientales Peatonales Seguras)”, informó el veedor distrital, Óscar Ortiz González.

En la contestación de la demanda la alcaldía de Chapinero sostuvo la legitimidad de su proyecto y señaló que, por lo mismo, “sería nefasto el que un juez de la República ordenara la suspensión de la obra tal y como está estructurada por el capricho de unos ciudadanos que arbitrariamente se oponen a su ejecución”. (Contestación de la demanda)

Según la Alcaldía de Chapinero, la protesta residencial no tiene fundamento y siempre se ha mostrado dispuesta a resolver sus inquietudes, pero hay "intereses políticos" en cuestión por parte de la comunidad.

Las autoridades administrativa y judicial tienen la última palabra y esta última ya ordenó a la Alcaldía de Chapinero a abstenerse de intervenir en la Zona G en tanto no se produzca un fallo.