POLÍTICA
Contra viento y marea Senado aprueba fuero militar
Ministro de Defensa califica de “desactualizadas” las recientes críticas al proyecto.
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El Senado aprobó el penúltimo debate del proyecto que reglamenta el fuero militar, a pesar de las críticas hechas por Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales como Amnistía Internacional. Estas calificaron como un retroceso histórico la aprobación del proyecto.
Las observaciones de estos organismos internacionales marcaron el debate en la plenaria del Senado. La ONU señaló en una carta dirigida al parlamento que “de aprobarse esta reforma, se perjudicaría seriamente la administración de la justicia para casos de presuntas violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, incluidos los crímenes graves por parte de las Fuerzas Militares o de la Policía (fuerza pública)”.
El ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, calificó dichas críticas de “desactualizadas” porque recordó que esta norma que fue presentada por el Gobierno, sufrió “importantes modificaciones” en el Senado. Estas consiguieron un equilibrio entre las garantías jurídicas reclamadas por los militares y la garantía de que no habrá impunidad para graves violaciones a los derechos humanos perpetradas por miembros de las Fuerzas Armadas.
Una de esas garantías fue la definición del delito de ejecución extrajudicial que entrará a reemplazar la conducta de homicidio en persona protegida con la que se vinculaban a los autores de los casos conocidos como ‘falsos positivos’.
Las ejecuciones extrajudiciales se aplicarán cuando un agente del Estado que en ejercicio de sus funciones dé muerte a una persona fuera de combate siempre que se abstenga de todo acto hostil y no trate de evadirse.
Así mismo se definió que se debe entender como “fuera de combate” el momento en que un actor armado está inconsciente, haya naufragado o esté herido o enfermo y no pueda, por ello, defenderse. También que se haya rendido y deje a un lado el arma.
La norma también incluye a los agentes del Estado que con ocasión del ejercicio de sus funciones dé muerte a una persona civil puesta previamente con dicha finalidad en estado de indefensión o bajo engaño, como sucedió en el caso de los falsos positivos en Soacha.
El fiscal general, Eduardo Montealegre, aclaró que el delito de ejecución extrajudicial será de competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria, incluso cuando haya un concurso de conductas punibles entre la ejecución extrajudicial y otro tipo penal.
La polémica en torno a esta definición se dio por cuenta de los senadores liberales que se opusieron a que el fuero militar creara este nuevo delito porque podría alterar los casos de falsos positivos que actualmente investiga la justicia. Juan Fernando Cristo alertó al Senado con que esta nueva definición pueda ser utilizada por militares investigados para pedir la nulidad de sus procesos. Y hacia el futuro se recortarían los alcances del homicidio agravado y homicidio en persona protegida. El Senado derrotó esta pretensión.
La alta Cámara también aprobó que las bandas criminales pueden ser calificadas por el presidente de la República como un grupo armado ilegal, con la salvedad de que esa definición no les concederá estatus político. El propósito es que estas organizaciones, que tienen estructura de mando, armas de largo alcance y dominio territorial, puedan ser combatidas por el Ejército y no sólo por la Policía, como actualmente sucede.
Los defensores de esta norma argumentaron que la capacidad de la fuerza pública está siendo desbordada por el accionar de las bandas criminales y que deben ser atacadas con la capacidad del Ejército. Parmenio Cuellar calificó de inconstitucional que a través de esta norma se le dieran nuevas funciones al Ejército.
Al fuero militar sólo le falta la aprobación en la plenaria de la Cámara de Representantes, que esta misma noche inició la discusión del proyecto que consta de 99 artículos.