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Andrés Felipe Arias, Lucero Cortés, Alberto Velásquez, María del Pilar Hurtado Bernardo Moreno, y Diego Palacios. | Foto: Archivo particular

TRIBUNALES

Corte Constitucional acaba con las esperanzas de los uribistas condenados

Sostuvo que la decisión acerca de la doble instancia para aforados tiene efectos desde abril del 2016 y estableció que la Corte Suprema debe hacer lo necesario para resolver las impugnaciones.

28 de abril de 2016

El rifi-rafe que surgió entre la Corte Constitucional y la Suprema para que las personas que hayan sido condenadas por primera vez tengan derecho a impugnar está al rojo vivo. Ahora el tribunal constitucional estableció que esa decisión solo tiene efectos para sentencias posteriores al 25 de abril del 2016.

Además, esa alta corporación estableció que la Corte Suprema de Justicia está obligada a hacer lo necesario para garantizar que quienes hayan sido condenados en única instancia o condenados en fallos de casación tengan derecho a apelar esas determinaciones.

Eso significa que la fila que empezaron a hacer los exfuncionarios del gobierno de Álvaro Uribe, condenados por diversas circunstancias, como Andrés Felipe Arias, Lucero Cortés, Alberto Velásquez, María del Pilar Hurtado Bernardo Moreno y Diego Palacios no podrán impugnar sus sentencias ante esa Corte. La otra circunstancia que se pone de relieve es que la Corte Suprema tendrá que modificar su reglamento para garantizar el cumplimiento del fallo.

La noticia se dio pocas horas después de que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia hubiera aprobado la intención de la Sala Penal de enviar una carta al presidente, a la Corte Constitucional y al Congreso en la que declaraba que era imposible cumplir el fallo que le ordena crear la doble instancia para congresistas, ministros, generales y demás aforados.

Los magistrados especializados en el área penal recibieron el visto bueno de sus colegas para oponerse a la tesis del tribunal constitucional que señala que las decisiones de una única alta corte, en este caso la Suprema, deben ser sometidas al control de un superior jerárquico.

Y es que muchos de los togados, indignados con la ‘papa caliente‘ que dejaron en sus manos, se preguntan si sus colegas de la Corte Constitucional estarían dispuestos a contar con un superior como el que pretenden imponerle a la Sala Penal de la Corte Suprema por una decisión judicial.

Para ellos, no es posible que esa corporación, por sí sola, pueda introducir los cambios que se requieren para que los aforados puedan impugnar los fallos que les son desfavorables, tal y como lo aprobó la máxima instancia constitucional en su polémico fallo del 2014. A su juicio, no hay otra alternativa que esperar a que el Congreso diseñe el mecanismo que haga realizable ese instrumento.

Otra cosa bien distinta piensan los exministros y excongresistas que han sido condenados por la Corte Suprema en el último tiempo. Alentados por esa decisión, varios de los sentenciados por escándalos como las ‘chuzadas‘ del DAS o Agro Ingreso Seguro han empezado a acudir copiosamente a esa alta corporación para interponer recursos de impugnación.

Sin embargo, la posibilidad de que esos requerimientos sean atendidos favorablemente es mínima. Primero porque los magistrados de la Sala Penal consideran que esos procesos ya hicieron tránsito a cosa juzgada y segundo porque el fallo de constitucionalidad no señala que pueda tener efectos retroactivos.

Otras fuentes consultadas por Semana.com indican que aun cuando en el derecho penal reine el principio de favorabilidad para el procesado, la jurisprudencia constitucional es expresa en afirmar que la única posibilidad de que esas sentencias puedan afectar situaciones anteriores a la fecha de expedición de sus fallos es que en la parte resolutiva de las providencias se señale claramente que tienen efectos retroactivos.

De hecho, en el interior de la Sala Penal se afirma que la posibilidad de apelar fallos condenatorios de la Corte Suprema solo regiría para los procesos que estén en curso y los que surjan en el futuro. Al final, lo cierto es que la Sala Plena se concentrará este jueves en esta discusión y ya no tanto en la elección del nuevo fiscal, como se tenía presupuestado. Quién sabe si esta polémica retrase más de lo pensado el desarrollo de ese debate electoral.