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Sandra Catalina Vásquez primero fue violada y después asesinada por su agresor. | Foto: Archivo SEMANA

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Se reabre caso de niña violada y asesinada en estación de Policía

La Corte Constitucional le ordenó al Consejo de Estado resolver la demanda de reparación que interpuso la familia de Sandra Catalina Vásquez, niña de nueve años violada y ahorcada hace 22 años.

27 de octubre de 2015

Hace 22 años el país se estremeció al conocer la historia de Sandra Catalina Vásquez. Esta niña de nueve años fue violada y brutalmente asesinada en la estación de Policía de Germania, en el centro de Bogotá. Hoy vuelve a ser noticia, luego de que la Corte Constitucional le ordenó al Consejo de Estado permitirle a su familia ser reparada integralmente por el daño que sufrió por cuenta del cruento episodio.

Dado que la máxima corporación de lo contencioso administrativo les negó a varios de sus familiares la posibilidad de ser resarcidos, su par de la jurisdicción constitucional revocó la determinación. Ordenó a la Sección Tercera de ese tribunal que, en un máximo de tres meses, defina de fondo la demanda de reparación directa que interpusieron la madre, los abuelos, tíos y tía de la pequeña.

Este triste episodio en la vida de la familia se empezó a escribir el 28 de febrero de 1993. Ese día, la niña, acompañada de su mamá, Sandra Janeth Guzmán, asistió a la estación del sector de Germania para visitar al papá de la pequeña, el uniformado Pedro Gustavo Vásquez. Mientras la pareja discutía sobre la cuota alimentaria de la niña, esta se apartó de la vista de sus padres y tiempo después fue hallada muerta, no sin antes causar un sentimiento de horror y de tragedia.

La niña había sido abusada sexualmente y luego ahorcada. Los primeros indicios sobre lo ocurrido fueron una estocada más en el corazón de la familia. Su propio padre fue vinculado a la investigación como el principal sospechoso de la violación y el posterior asesinato de su hija de nueve años de edad.

Tiempo después, la Fiscalía logró establecer que el responsable del atroz crimen era el patrullero Diego Fernando Valencia Blandón. El policía fue condenado a 45 años de prisión y el padre de la pequeña víctima recuperó su libertad y parte de su mancillada honra.

Aclarado el caso, el policía Pedro Gustavo Vásquez demandó a la Nación por los perjuicios causados tras las tortuosas circunstancias en las que murió su hija. La jurisdicción contencioso-administrativa reconoció al padre de la menor como víctima de la negligencia de las instituciones, pues no sólo resultó siendo implicado en la muerte de su hija, también sufrió un innegable menoscabo desde el punto de vista emocional, comoquiera que perdió su tesoro más preciado. Por eso recibió una indemnización de 500 millones de pesos.

La suerte de la madre, los abuelos, tíos y tía de la pequeña no fue la misma. En el 2012, el Consejo de Estado decidió no acceder a su demanda de reparación porque los magistrados que estudiaron el caso consideraron que la acción fue presentada fuera del término dos años que ofrece la Ley. Dado que entre el momento en el que ocurrieron los hechos y la fecha de presentación del recurso, efectivamente, habían pasado más de 24 meses, ese tribunal decidió no admitirlo.

La madre de Sandra Catalina y sus demás familiares interpusieron una acción de tutela en contra de esa determinación. La acción fue conocida por la Corte Constitucional, que no sólo revocó la determinación de la Sección Tercera de la corporación contenciosa, también le reprochó que desconociera sus propios postulados sobre los términos de caducidad de este tipo de demandas.

Para el tribunal constitucional, el órgano judicial demandado se equivocó al contar los términos de prescripción desde la ocurrencia de los hechos. A su juicio, debió hacerlo desde cuando se tuvo un cierto grado de certeza sobre quién era el verdadero responsable de la violación y la muerte de la niña. Es decir que el término de dos años con el que contaba la familia para exigir la reparación directa se debió contabilizar desde el momento en que la Fiscalía identificó al patrullero Valencia Blandón como sospechoso del delito.

Teniendo en cuenta que entre la individualización del Policía y la fecha en la que se presentó la demanda de reparación directa no habían pasado todavía los dos años, según la Corte, el Consejo de Estado debe resolver de fondo la demanda. Por eso, el tribunal constitucional le dio un plazo de tres meses a esta última corporación para que reabra el debate y lo resuelva.

Veremos si los familiares de la pequeña reciben la reparación integral que les ha sido esquiva por más de dos décadas. Lo cierto es que se trata de un hecho escalofriante, que no deja de arrancar lágrimas y frases de indignación a quienes lo conocen. Está en manos del Consejo de Estado si, como en otras ocasiones, se establecen otras medidas a las estrictamente monetarias, para evitar que episodios como ese puedan volver tener lugar en una entidad encargada de preservar la vida, bienes y honra de los colombianos, como lo es la Policía.