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Multas, fechas y requisitos: todo lo que debe saber sobre el censo

A la media noche de este jueves venció el plazo para realizar el ecenso, sin embargo, desde el 18 de abril empezará la encuesta presencial que deberá atender obligatoriamente si no quiere ser sancionado.

12 de abril de 2018

Hasta la media noche de este jueves los colombianos tuvieron el plazo para hacer el censo virtual a través de la página web del Dane. Son muchos los colombianos que dejaron para última hora la diligencia, así que las quejas de las fallas de la plataforma se han hecho presente en las redes sociales.

El eCenso (que es el nombre del censo virtual) era obligatorio únicamente para los funcionarios del Estado, quienes debían hacerlo si no querían recibir multas o incluso enfrentarse a una posible destitución del cargo.

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Sin embargo, debe saber que si no alcanzó a hacer su registro virtual, la encuesta presencial que empieza la otra semana y que es de carácter obligatorio le tomará mucho más tiempo.

Cerca de 31.000 encuestadores se desplegarán por todo el país para visitar, casa por casa, y recopilar los datos a toda la población. El objetivo es actualizar la información sobre cuántas personas conforman cada uno de los hogares y las condiciones socioeconómicas en las que habitan.

Según el Dane, recolectar estos datos tiene como fin “consolidar la información necesaria para diseñar las políticas públicas de los próximos años”.

Desde la próxima semana y hasta junio, usted debe estar atento a las notificaciones que lleguen a su casa pues los censistas le avisarán a través de una circular, con por lo menos dos días de anticipación, la hora y la fecha en las que será visitado.

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Es su deber programarse para llenar el formulario junto al funcionario en la hora asignada a su casa. El censista lo visitará según lo estipulado y si no lo encuentra reprogramará la cita para el día siguiente. Si luego de dos ocasiones y avisos no puede hacer la encuesta entonces el Dane abrirá una investigación para establecer el valor de la multa que recibirá.

Recuerde que si usted es empleado, su empresa tendrá que darle el permiso para ausentarse y atender el censo según la Ley 79 de 1993. Usted recibirá un certificado censal que le servirá para validar su ausencia laboral y no recibir algún tipo de sanción.

No es necesario que esté todo el núcleo familiar a la hora del censo, sin embargo deberá haber una persona responsable de suministrar toda la información de la familia. Tendrá que tener a la mano sus edades, números de identificación, años de escolaridad, entre otros datos.

Aquellos que se nieguen a realizar tanto el censo virtual como el presencial, podrán ser multados con sumas que desde 1 salario mínimo (781.242 pesos) hasta 50 (39 millones de pesos).

El censo iniciará en los departamentos de Antioquia, Cundinamarca, Santander, Norte de Santander, Bolívar, Atlántico y San Andrés Providencia y Santa Catalina, porque son las zonas del país en las que se concentra el 60% de la población colombiana, según el DANE. 

Si tiene dudas o inconvenientes puede llamar a la línea gratuita del Dane, 01 8000 912002 en todo el país a partir de las 7 de la mañana y hasta las 10 de la noche o a través del chat en línea que tiene la institución en su página web.

Si quiere hacer el censo virtual haga clic aquí.