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Defensa del presidente Petro pide anular fallo que reguló alocuciones y critica la decisión del Consejo de Estado

Alejandro Carranza, abogado del mandatario, presentó la solicitud a la Sección Tercera.

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25 de noviembre de 2025, 12:05 p. m.
Presidente Gustavo Petro.
Presidente Gustavo Petro. Foto: Hugo Andrés Sierra-PRESIDENCIA

El Consejo de Estado recibió una solicitud de la defensa del presidente Gustavo Petro para que tumbe el fallo que limitó las alocuciones presidenciales, después de que se considerara que esa figura se estaba usando de manera inadecuada y desproporcionada.

Para el Consejo de Estado, Gustavo Petro y la Presidencia vulneraron el derecho a la información por uso indebido de alocuciones

El abogado Alejandro Carranza, defensa del mandatario, manifestó en un documento de doce páginas que esa decisión “puede erigirse un filtro administrativo sobre la palabra presidencial, con capacidad de encender o apagar en tiempo real la comunicación del Jefe de Estado, y si ese filtro es compatible con la Constitución, con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con la propia jurisprudencia interamericana”.

Hay que recordar que el alto tribunal declaró una vulneración al derecho fundamental de la información sobre las tutelas que pusieron varios ciudadanos contra las alocuciones del mandatario, y le ordenó a la Comisión de Regulación y Comunicaciones (CRC), establecer controles previos sobre dichos actos de alocuciones, con facultad de rechazarlas o interrumpirlas en tiempo real.

Alejandro Carranza, abogado de Nicolás Petro
Alejandro Carranza, abogado de Gustavo Petro. Foto: Pantallazo audiencias

“La sentencia condiciona el ejercicio de su libertad de expresión a la autorización previa de un órgano administrativo, lo expone al riesgo permanente de que su voz sea interrumpida en vivo por una entidad técnica y, en la práctica, somete una función esencial del mandato presidencial a comunicar, explicar, rendir cuentas— al permiso de una autoridad no electa“, manifestó Carranza en su recurso.

Para la defensa del mandatario, la decisión no “reguló un formato de comunicación”, sino que se alteró el equilibrio entre poderes, la forma como el jefe de Estado dialoga con la Nación y se interpone un filtro tecnocrático entre el presidente y sus electores.

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El abogado Carranza también cuestionó que “la sentencia convierte a la CRC, creada como regulador económico y técnico del sector de las TIC, en una especie de “tribunal de alocuciones presidenciales”, con poder para decidir si el Presidente puede dirigirse al país por televisión y hasta cuándo puede hacerlo”.

La defensa del presidente Gustavo Petro también aclaró que el fallo reposa en un “diagnóstico fáctico débil”, al considerar que con el término “uso desmedido” sobre las alocuciones, no se puedo precisar qué se entiende por “desmedido” ni con qué se está comparando.

Carranza argumentó una extralimitación en la competencia de la CRC, una censura previa, una afectación a los derechos políticos del presidente y un desbordamiento sobre la tutela que fallo contra el mandatario. Por eso, la solicitud pide tumbar esa sentencia.


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