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| Foto: Guillermo torres - semana

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DIAN fijó el calendario tributario 2014

Con la medida se establecen plazos para declarar y pagar impuestos, anticipos, y retenciones.

28 de diciembre de 2013

El Gobierno Nacional, mediante Decreto 2972, del 20 de diciembre de 2013, expidió el calendario con los vencimientos para declarar y pagar los impuestos nacionales del 2014. 


Aplica para los siguientes impuestos: Renta de grandes contribuyentes, personas jurídicas y personas naturales del año gravable 2013.

-  Renta para la equidad
– CREE año gravable 2013
- Las retenciones en la fuente Las autorretenciones de CREE, IVA
- Impuesto al patrimonio
- Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM
- Impuesto Nacional al Consumo
- Gravamen a los movimientos financieros 


Renta y CREE

En el caso de los grandes contribuyentes, el plazos para pagar la primera cuota del impuesto sobre la renta comienza el 11 de febrero y el plazo para el pago de la tercera cuota vence el 24 de junio de 2014. Entre tanto, los plazos para declarar y pagar las dos cuotas de este impuesto a cargo de otras personas jurídicas (diferentes a Grandes Contribuyentes) serán entre el 8 de abril y 24 de junio.
Por su parte, las personas naturales deberán declarar y pagar en una sola cuota el impuesto sobre la renta del año gravable 2013. Este plazo también aplicará para los residentes en el exterior.
Para que una persona conozca si es declarante del Impuesto sobre la renta debe tener en cuenta
- Patrimonio
- Ingresos
- Compras con tarjetas de crédito o en efectivo
- Consignaciones bancarias efectuadas entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2013. 

También debe establecer a qué grupo de contribuyentes pertenece: empleados, trabajador por cuenta propia o demás personas naturales y asimiladas residentes, e identificar los topes que lo exoneran de la obligación, o que por el contrario, lo habilitan para declarar y/o pagar este tributo. 

Así mismo, y de acuerdo a la categoría de persona natural a la que se pertenezca, debe establecer el sistema por el cual va a determinar el impuesto sobre la renta ya sea el sistema ordinario, el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMÁN) o el Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado (IMÁS). 

Los vencimientos de renta para personas naturales irán entre el 12 de agosto y hasta el 22 de octubre del 2014, según los dos últimos dígitos del NIT consignado en el Registro Único Tributario, RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

IVA 

En cuanto al impuesto al valor agregado, IVA, los responsables deberán tener en cuenta sus ingresos a 31 de diciembre de 2013 para determinar la periodicidad de su declaración y pago. 

Es importante resaltar que el plazo para la presentación y pago del tercer cuatrimestre de IVA del año gravable 2013, es decir, el correspondiente a septiembre – diciembre de mismo año para los que están obligados a declarar por este período, así como la declaración anual de IVA (2013) y el último pago, se deberán presentar y pagar entre el 10 y 23 de enero de 2014, de conformidad con lo señalado en el Decreto 0187, del 12 de febrero 2013.