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| Foto: SEMANA

JUSTICIA

Fernando Londoño deberá devolver acciones a Ecopetrol

La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso extraordinario de casación con el cual el Fernando Londoño Hoyos buscaba tumbar el fallo que le ordenaba devolver a Ecopetrol las 145 millones de acciones de Invercolsa adquiridas por el exministro.

1 de noviembre de 2019

Fernando Londoño, exministro del interior durante el primer periodo presidencial de Álvaro Uribe, deberá devolver a Ecopetrol las 145 millones de acciones de Invercolsa adquiridas por este. Esto, luego de que la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia resolviera un recurso de casación del mismo Londoño y dejara en firme la sentencia que ordenaba la devolución.

El demandado sabía de su vinculación no laboral con la sociedad Invercolsa, lo cual es tan cierto que él mismo pretende combatir ese colofón con un análisis probatorio distinto…”

El exministro había adquirido las acciones en 1997, durante el proceso de democratización de la propiedad accionaria del Estado en esta compañía. Entonces, el Gobierno Nacional fijó una serie de reglas especiales para dar prelación a la compra de acciones por parte de trabajadores activos, pensionados y exempleados de la compañía, quienes debía allegar al momento de la transferencia las correspondientes certificaciones. Londoño adquirió las acciones acogiéndose a este régimen especial  de prelación, pues había prestado sus servicios como representante legal a Invercolsa. 

Para los magistrados, Fernando Londoño no podía adquirir estas acciones en calidad de exempleado de la compañía, pues se comprobó que el exministro nunca tuvo la calidad de trabajador de la empresa Inversiones Gases de Colombia S.A. (Invercolsa). Si bien Londoño sí prestó sus servicios a esta empresa, nunca se encontró vinculado a este por medio de una relación laboral formal, sino que hubo entre las partes un acuerdo de remuneración por medio de honorarios, toda vez que el mismo Londoño así lo prefirió. 

Situación que se comprueba con el hecho de que no existen comprobantes de pago de remuneraciones por concepto de salarios, primas, cesantías y demás obligaciones laborales en favor de Londoño de parte de la compañía. Incluso, en la sentencia los togados recuerdan que “(...) que el demandado sabía de su vinculación no laboral con la sociedad Invercolsa, lo cual es tan cierto que él mismo pretende combatir ese colofón con un análisis probatorio distinto…”

Fernando Londoño no podía adquirir estas acciones en calidad de exempleado de la compañía, pues se comprobó que el exministro nunca tuvo la calidad de trabajador de la empresa Invercolsa.

De manera que con esta decisión, la Corte ratifica la decisión de segunda instancia de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, que condenó al reconocido político y periodista a devolver las 145 millones de acciones, más los dividendos de estas, a Ecopetrol.