Home

Nación

Artículo

| Foto: León Dario Peláez

NACIÓN

Procuraduría pide a JEP no juzgar asesinato de Martha Catalina Daniels

Sandra Lucrecia Daniels, procesada por el homicidio de su hermana, ocurrido el 2 de marzo de 2002, solicitó el sometimiento al sistema de justicia transicional.

21 de junio de 2020

La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazar el sometimiento al sistema de justicia transicional de Sandra Lucrecia Daniels, procesada por el homicidio de su hermana, la senadora Martha Catalina Daniels, ocurrido el 2 de marzo de 2002, y negarle el beneficio de libertad condicional.

El Ministerio Público señaló que de acuerdo con “hechos probados” se concluye que Sandra Daniels cometió un delito “común, planeado y ejecutado con el fin de apoderarse de bienes que estaban a nombre de la víctima, razón por la cual no guardan ninguna relación con la lucha armada de las Farc”.

Para el órgano de control no existe “evidencia o indicio de que el homicidio hubiese sido cometido por causa del conflicto armado”. Advirtió que la condena de 40 años impuesta en su contra no fue por el delito de rebelión; tampoco “se advirtió la existencia de procesos diferentes en los que haya sido condenada o procesada por ese delito”.

De acuerdo con la Procuraduría, el argumento presentado por Sandra Daniels, según el cual era colaboradora de las Farc, no está probado.

El Ministerio Público señaló en su concepto que para ser considerado colaborador de dicha organización, y por tanto recibir beneficios del Acuerdo de Paz, la persona debe tener “una relación de compromiso con la organización”, “no simplemente eventual o contingente, y responder ante algún mando o autoridad de la misma, lo que nunca estuvo probado en el trámite adelantado ante la JEP”.