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| Foto: Policía de Bogotá

ORDEN PÚBLICO

Esto es lo que debe saber del nuevo Código de Policía

A partir del primero de agosto entra en vigencia el nuevo Código de Policía. Si lo infringe deberá cancelar multas que pueden superar los 700.000 pesos.

31 de julio de 2017

Desde el primero de agosto empieza a regir en todo el territorio nacional el nuevo Código de Policía. Terminan los seis meses de plazo que el Gobierno autorizó para imponer comparendos y multas pedagógicas con el fin de que los ciudadanos se familiarizaran con las nuevas normas. Ahora quienes infrinjan las normas deberán pagar  sanciones económicas.

Durante los 182 días que duró la etapa pedagógica se impusieron 181.522 comparendos. Esto es un promedio de 1.003 diarios, 42 cada hora. Las conductas más sancionadas fueron el consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes en vía pública, con 36.486 comparendos. Porte de armas o elementos cortopunzantes ocupó el segundo lugar con 18.472 casos. Las riñas con 16.633 ocuparon el tercer lugar. Y 10.342 personas fueron sancionadas por realizar sus necesidades fisiológicas en lugares públicos. De todos lo sancionados 51.402 personas acudieron a jornadas y programas comunitarios de convivencia.

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Si bien se trató de medidas pedagógicas, el Código de Policía mostró alentadores resultados. La muerte por  riñas presentó una reducción del 8 por ciento en todo el país pasando de 2.149 a 1.950 muertos por esta causa, lo que representa 199 homicidios menos asociados a riñas. Las regiones en donde más se sintió la mejoría son Huila, con 61 por ciento menos de muertos por riñas, Antioquia con 29 por ciento, Cauca con 18 por ciento  y Bogotá con 14 por ciento.

Las lesiones personales también se redujeron dramáticamente en un 23 por ciento, es decir 14.690 personas que no resultaron afectadas al comparar las cifras del primer semestre de este año con 2016.

Hasta hoy quienes infringieron estas normas solo recibieron sanciones pedagógicas. Pero a partir de la media noche del primero de agosto los 243 artículos contemplan duras penas económicas discriminadas en cuatro tipos de multas.

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La tipo 1, corresponde a un valor de 98.362 pesos. Estas incluyen casos como no recoger los excrementos de la mascota, obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con violación de las normas vigentes, entre otros.

Las multas tipo 2 tienen un costo de 196.724 pesos y están contempladas para actos como: agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad policial. Iniciar una riña que pueda derivar en agresión física. Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público. Trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal, correas, entre otros.

Las multas tipo 3 contemplan una sanción de 393.499 pesos y se aplican a quienes incurran en comportamientos como: consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio público, entre otros.

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Las multas tipo 4 son las más altas y tienen un costo de 786.898 pesos. Se establecen para las personas que realicen necesidades fisiológicas en espacio público, arrojen basuras en espacio público o hagan mal uso de las líneas de emergencia, entre otros.

Los dos primeros tipos de multas, 1 y 2, le permiten a los ciudadanos la posibilidad de conmutarlas por otras medidas correctivas, como la participación en programas comunitarios, jornadas de ornato y embellecimiento, o en actividades pedagógicas, que consisten en la participación en programas educativos determinados y desarrollados por las alcaldías distritales o municipales. Estas medidas deben realizarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la orden de comparendo.

Las multas tipos 3 y 4 pueden llegar a tener un descuento del 50 por ciento, siempre y cuando los infractores las cancelen dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición de la sanción.

Si los ciudadanos no cancelan o cumplen con las sanciones, el código contempla que no podrán obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas, ser nombrados o ascendidos en cargos públicos, ingresar a las escuelas de formación de la fuerza pública, contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado, obtener o renovar el registro mercantil en la Cámaras de Comercio.