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Primicia | Corte Suprema absuelve a Simón Martínez Escandón, exabogado de ‘Pedro Orejas’

La decisión, a favor de Martínez Escandón, la tomó la Sala Especial de Primera Instancia con ponencia del magistrado Jorge Caldas.

11 de agosto de 2021, 11:07 p. m.
Palacio de Justicia
PALACIO DE JUSTICIA - CORTE SUPREMA - CORTE CONSTITUCIONAL - FACHADA BOGOTA ABRIL 14 - 2008 FOTO GUILLERMO TORRES - REVISTA SEMANA | Foto: GUILLERMO TORRES

Simón Eduardo Martínez Escandón es un abogado penalista que llegó a ocupar el cargo de procurador judicial II y luego fue suspendido. Durante estos meses afrontó ante la Sala Especial de Primera Instancia un juicio por la supuesta comisión de delitos como falso testimonio, fraude procesal, soborno, prevaricato por acción y concierto para delinquir. La decisión, conocida por SEMANA en primicia, se trata del sentido de fallo que en este caso es absolutorio.

La Fiscalía General había acusado a Martínez porque, presuntamente, mientras era abogado de Pedro Nel Rincón, habría intentado manipular un testimonio extrajuicio que señalaba a Pedro Nel Rincón como responsable de un homicidio. La tesis del ente investigador era que a la testigo le habrían entregado una suma de dinero para lograr revocar una orden de captura contra Rincón Castillo. Para la Corte, el proceder del abogado y exprocurador no se enmarca en ninguna irregularidad.

“No se puede partir de la unidad de propósito legal de la defensa, evidencia en los trámites adelantadas por el procesado, que incluso constituyen un deber profesional de inexcusable observancia, para considerar que dicha coincidencia de objetivos se traslade a una unidad de designio criminal que reclama una acreditación suficiente que no se alcanza en esta actuación”, advierte el sentido de fallo.

Martínez Escandón dijo en su momento en medio de los señalamientos: “Lo único que yo hice lo puse ahí y está estampada mi firma. Yo no llevé a nadie, no llevé a la señora. Le doy gracias a mi Dios que cuando a mí me van a poner a hacer eso estoy en Tunja y tengo cómo probarlo”.

Y agrega el documento: “De tal manera que la recolección de las dos declaraciones extraproceso eran ajenas al modo de obrar de Simón Eduardo Martínez Escandón y solo formarían parte de una eventual estrategia de la abogada Murillo y de sus colabores predicada como ilegal por la Fiscalía”.