Judicial

“Acataremos lo que diga la ley”: Mindefensa reaccionó a la medida de prisión domiciliaria contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez

El general (r) Pedro Sánchez afirmó que la situación de seguridad y las condiciones de reclusión del exmandatario serán evaluadas con otras autoridades.

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1 de agosto de 2025, 10:32 p. m.
El ministro de Defensa, general (r) Pedro Sánchez hizo referencia a la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El ministro de Defensa, general (r) Pedro Sánchez, hizo referencia a la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. | Foto: Cortesía

El ministro de Defensa, general (r) Pedro Sánchez, reaccionó este viernes por primera vez a la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

En diálogo con SEMANA, el ministro de Defensa dijo que acatará lo que diga la ley en este caso.

“Nosotros, como en cualquier caso, como en cualquier evento, cumplimos la Constitución y la ley. Lo que diga la ley. El señor expresidente Álvaro Uribe Vélez siempre ha estado amenazado, como lo estarán todos nuestros expresidentes o los presidentes, porque en algún momento combatieron la criminalidad, y genera muchas amenazas. Se le debe garantizar absolutamente todo”, dijo el ministro de Defensa.

Sobre el dispositivo de seguridad frente al nuevo escenario jurídico del exmandatario, el ministro Sánchez señaló: “Ya el dispositivo corresponde a un proceso de análisis un poco más profundo que va de la mano de la UNP y de todas las decisiones judiciales que se tomen”, añadió el general (r) Sánchez.

Igualmente, el ministro se refirió a los posibles beneficios jurídicos que recibirían los criminales a través de la ley de paz total e indicó: “La administración de justicia le corresponde a otro ente. Yo solo puedo referirme a que como Ministerio de Defensa acertamos la constitución y la ley y cumplimos lo que diga la ley, dijo pronunciarse sobre la histórica condena contra el expresidente Uribe.

En la lectura del fallo presentada este viernes, la jueza advirtió que el expresidente Uribe, estando en libertad, puede salir del país, lo que afectaría la aplicación de la sentencia.

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“Álvaro Uribe Vélez es merecedor de la prisión domiciliaria. Ha de advertirse que se hace necesario que el acusado inicie la ejecución de su sanción, previo a que la decisión proferida cobre firmeza al superarse con creces los requisitos nominales de necesidad”, precisó la jueza 44 de conocimiento de Bogotá en el fallo de 1.114 páginas.

En este sentido, se advirtió que debido a la gravedad de los delitos que tienen relación con un amedrentamiento a la impartición de justicia y engañar a la Corte Suprema, la funcionaria judicial indicó que se debe ejecutar la medida de aseguramiento privativa de la libertad.

“Inicialmente, tenemos que la privación de la libertad inmediata resulte necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos. Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos respecto al implicado y los nacionales, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad pese a una condena cuando no se cumplen los requisitos para ello y la presunción de inocencia ya ha sido desestimada”, aclaró.

A renglón seguido, la jueza manifestó que no se puede perder de vista la figura política del expresidente Uribe y su relevancia en la sociedad.

“Se trata de una persona que goza de un reconocimiento público y social, referente para los grandes círculos del país. De ahí que permitir que continúe el ejercicio de su libre locomoción pese a la transgresión ocasionada, considerarían la idea errada de que la igualdad ante la ley no preexiste en el ordenamiento, ergo, para sostener el poder disuasivo del imperio, de la ley y la confianza y la institucionalidad se hace imperiosa”, añadió.

La jueza manifestó la necesidad de enviar un mensaje “ejemplarizante” ante la sociedad frente a este tipo de casos que atentan contra la credibilidad institucional. “Se trató de un agravio que amerita una postura ejemplarizante de garantizar que la administración de justicia no sea objeto de manipulación ni de desviación de su propósito legítimo, garantizando el respeto por la verdad y la legalidad que le asiste a la justicia”.

De otro lado, aun cuando subyacen factores en favor del acusado respecto a la necesidad de la medida, tales como que Uribe Vélez ha comparecido ante este estado de manera continua, ha asistido a cada una de las citas procesales como evidente actitud responsable y respetuosa, acudiendo también presencialmente cuando ha sido convocado sin trastocar el normal desarrollo de los actos procesales, sin necesidad de su conducción, no es menos verídico que desde la fase primigenia de la actuación se desplegaron estrategias dilatorias sistemáticas para impedir la instalación del juicio superando los márgenes legítimos de defensa que, si bien morigeró con el trasegar procesal, se erigieron como inferencias ineludibles que evadir la administración de justicia.

También hemos de resaltar, dadas las ocupaciones que manifestó desarrollar su gran reconocimiento a nivel internacional, resulta fácil que podría abandonar el país para eludir la sanción impuesta. En cuanto a la idoneidad de la reclusión en la vivienda, acreditados uno a uno los presupuestos del artículo 38 y 38B del catálogo punitivo, esta se considera adecuada.