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Estado acatará decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Uribe

Jueves 22, 12:30 horas. El presidente Álvaro Uribe Vélez dijo que su Gobierno asumirá las consecuencias por el error cometido en 1987 y cumplirá con las demandas de la Corte.

11 de diciembre de 1980

El primer mandatario se refirió en rueda de prensa al fallo de la Corte sobre la masacre de 19 comerciantes en manos de los paramilitares ocurrida en 1987. "Nosotros somos un país de leyes que respeta las decisiones de las cortes", dijo Uribe esta mañana.

Además señaló que revisará el fallo en compañía de su gabinete para determinar todas las responsabilidades que tiene que asumir el Estado, tal y como lo dispuso el ente judicial.

Según el fallo divulgado ayer, el país tendrá que cumplir 23 tareas y a pagar una indemnización de cerca de 6,5 millones de dólares a los familiares de las víctimas.

La Corte argumentó que para la época de la masacre estaba vigente el decreto 3398 de 1965 con el cual "el Ministerio de Defensa Nacional, por conducto de los comandos autorizados, podrá amparar, cuando lo estime conveniente, como de propiedad particular, armas que estén consideradas de uso privativo de las Fuerzas Armadas". En esa ley se ampararon grupos paramilitares para operar.

Además, señaló, el caso quedó prácticamente en la impunidad, pues sólo han sido condenadas cinco personas por la masacre.

El hecho ocurrió en una finca del corregimiento Cimitarra, zona rural de Puerto Boyacá. Eran 18 en total que se dedicaban a transportar electrodomésticos entre Cúcuta y Medellín. En esa oportunidad, llevaban mercancías por cerca de 70 millones de pesos de la época.

Comerciantes amigos denunciaron el hecho ante las autoridades, quienes descubrieron que el 6 de octubre un grupo de paramilitares había detenido y asesinado a 17 de ellos, supuestamente por no pagarles el 'impuesto' para poder transportar las mercancías y porque los señalaban de vender armas a las Farc. Sus cuerpos fueron descuartizados y lanzados al caño el Ermitaño, afluente del río Magdalena, en el sitio 'Palo mango'.

Luego, fueron asesinados también por paramilitares dos familiares de una de las víctimas que fueron en su búsqueda.

Según la Corte, las labores de la justicia colombiana para esclarecer los hechos tuvieron muchos vacíos, sobre todo porque después de 17 años de la masacre aún no se han condenado a todos los autores materiales.

Hasta el momento, solo han sido condenados cinco civiles: Marceliano Panesso Ocampo, Waldo Patiño García y el fallecido Nelson Lesmes Leguizamón, por homicidio; y Carlos Alberto Yepes Londoño y Diego Viáfara Salinas como cómplices.

Entre tanto, en el caso los otros dos comerciantes muertos solo fue condenado por el delito de secuestro Alonso Baquero Agudelo, conocido como 'Vladimir'.

En ese entonces la Justicia Penal Militar abrió proceso, contra el general (r) Farouk Yanine Díaz, entonces comandante de la Brigada XIV del Ejército; el Teniente Coronel (r) Hernando Navas Rubio, el Mayor (r) Oscar de Jesús Echandía Sánchez y el Sargento (r) Otoniel Hernández Arciniegas, por violación a los derechos humanos. Pero su caso fue cerrado en 1998 por falta de pruebas.

Por todas esas razones Colombia fue condenada. Entre las tareas impuestas están reabrir investigación para identificar, juzgar y sancionar a todos los autores materiales e intelectuales de la muerte de los comerciantes.

Además tendrá que buscar los restos de las víctimas y entregarlos a sus familiares, quienes recibirán indemnizaciones. El fallo de la Corte determinó que cada uno de los hijos de las víctimas deberán recibir 50.000 dólares; cada una de las esposas y compañeras 80.000 dólares; cada uno de los padres 50.000 dólares y 8.500 dólares a cada uno de los hermanos de las víctimas.

Si el Estado no las paga en el tiempo establecido deberá cancelar un interés bancario moratorio. La indemnización de los menores de edad debe ser consignada en una inversión bancaria en dólares dentro del plazo de un año.

El fallo no puede ser apelado y debe ser cumplido en corto plazo.

Es la tercera condena de este tipo contra el Estado colombiano. En 1994 fue condenado por la desaparición de Isidro Caballero y María del Carmen Santana, y en el 2002, por la ejecución extrajudicial de siete campesinos a manos de miembros de la Policía en Putumayo, conocido como el 'caso Palmeras'.

Una decisión de este tipo merece especial atención, pues en un país donde cada día se comenten atropellos contra los derechos humanos, el que solo tres hayan sido castigados de esa forma es insuficiente. Ahora habrá que esperar si hechos como el de Bojayá y Mapiripán tienen alguna condena que, aunque tiene el carácter de obligatoriedad, no deja de pertenecer al plano de lo simbólico.