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Quién dice qué frente al aborto: que la corte no se equivoque

Los medios de comunicación están inundados por los rumores sobre el sentido de una ponencia de fallo de la Corte Constitucional. A raíz de una demanda que buscaba volver a la penalización total del aborto, se logrará un resultado contrario: el aborto se permitirá sin causales en las primeras 12 semanas del embarazo, y ante la presencia de una causal, se permitirá hasta el último día de gestación.

Semana.Com
20 de enero de 2020

Este tema genera una enorme polarización. Sin embargo, si se mira con cuidado el asunto, puede haber algunos consensos. Ante las preguntas: ¿Cree usted que todas las mujeres que abortan deben ir a la cárcel? y ¿cree usted que el aborto es deseable en la sociedad? Buena parte de las mujeres -pañoleta verde o pañoleta azul- responden con un rotundo “¡no!”.

El consenso sobre la primera pregunta es importante, porque el país ha caído en una trampa muy peligrosa al deliberar este tema exclusivamente en el marco del derecho penal. Y es que digámonos la verdad: en un país con los niveles de hacinamiento en las cárceles y con pocas muestras empíricas de que la privación de la libertad genera los efectos esperados, ha llegado la hora de discutir en serio la política criminal del Estado, aunque por supuesto, y como ella misma lo ha dicho, no es a la corte a quien corresponde la discusión sobre la política criminal.

Pero el consenso sobre la segunda pregunta es igualmente importante, porque implica que el enfoque debería estar en la prevención, cuestión que riñe ampliamente con la supuesta existencia de un “derecho fundamental” al aborto, dado que los derechos deben ser promovidos, no prevenidos. Es decir, la respuesta a las dos preguntas nos debería conducir a una misma finalidad: queremos acabar con el aborto, no castigar a la mujer que aborta.

Reducir la discusión al ámbito penal, puede ser una estrategia peligrosa para evitar los debates de fondo. Y estos debates se evitan mucho más, cuando la deliberación se da en el espacio limitadísimo de la Corte Constitucional. Mucho más, cuando las decisiones del tribunal han sido contradictorias: le ordenó al Congreso que regulara los límites al número de semanas de gestación en que aplican las causales, y, en la misma sentencia, obligó al Ministerio de Salud a emitir una resolución en la que se afirme que las causales se aplican sin límites a las semanas de gestación ¿esto no debía discutirlo el Congreso?

Aún más sorprendente: tan solo unos meses después de ordenarle al Congreso que regule el tema, le quiere cambiar las reglas del juego (aborto libre, sin causales), sin mayor deliberación ciudadana. Especialmente, y esto es importante, porque este no era el debate de la demanda. Por tanto, de triunfar esta ponencia, la decisión sería arbitraria, pues elimina la deliberación democrática que difícilmente puede depender de los micrófonos ante un rumor de ponencia, o de una sola audiencia pública, donde es la corte la que decide a quien escuchar.

Este tema debe ser debatido en el Congreso no solo porque es el foro más apropiado, sino también porque se pueden deliberar a fondo los temas que una sentencia de la Corte Constitucional no puede abordar, y que son fundamentales en el marco de la discusión. Por mencionar solo algunos, quisiera llamar la atención en los siguientes:

Primero, la discusión sobre los alcances de los pronunciamientos de la corte sobre la supuesta existencia de un “derecho fundamental al aborto” tiene que ser mejor valorada y no puede cerrarse al argumento falaz de autoridad de que “la corte lo dijo” porque ¿Y qué pasa si esta decisión es contraria a derecho o arbitraria? ¿La despenalización de un delito implica que automáticamente la conducta se convierta en un derecho? Si el Estado debe promover los derechos ¿No contradice esto el enfoque que debemos tener en la prevención? ¿Puede el aborto ser a la vez un delito y un derecho, cuando la corte consideró que era constitucional el considerarlo un delito en la C-355/06? No debe además olvidarse que varios comités de Naciones Unidas, incluida la CEDAW, se han pronunciado con preocupación por el uso difundido del aborto como medio de control de la natalidad.

Segundo, con independencia de las consecuencias legales o penales, para toda la sociedad debería estar claro que es absolutamente inadmisible que un aborto se realice en las últimas semanas de embarazo ¿Prevalece la decisión de la mujer frente a la protección de un ser vivo completamente viable por fuera del vientre de la madre? Si un no-nacido es viable y un médico está en la sala de partos ¿Solo la mujer es la paciente? ¿No es paciente el que no ha nacido? ¿Puede la mujer tomar autónomamente la decisión de abortar en ese momento? Por lo demás, debe valorarse que entre más avanzado el embarazo, más riesgo existe de abortos selectivos por sexo y por discapacidad, alertados también por órganos de derechos humanos, como el Comité de Derechos del Niño.

Tercero, el Congreso debe considerar el tratamiento integral a las mujeres que se enfrentan a un aborto ¿Dónde está la política del Estado de atención a las mujeres que han visto afectada su salud mental por intentar un aborto o por abortar? Algunas mujeres dicen que el abortar les ha ocasionado solo alivio, pero ¿puede realmente generalizarse esta postura frente a estudios, testimonios y evidencia científica que muestran lo contrario? No se ha discutido seriamente, por ejemplo, cuál es la responsabilidad del Estado frente a las mujeres que han intentado un aborto y han dado a luz hijas e hijos en situación de discapacidad, producida por el procedimiento abortivo fallido.

Cuarto, uno de los argumentos más sonados para permitir el aborto en las últimas semanas, es que nadie puede estar forzado a la maternidad. Pero la verdad es que en Colombia nadie lo está: siempre existe la posibilidad de la adopción ¿Se le está explicando e informando esta salida a las mujeres al dar su consentimiento para el aborto? ¿Daremos el debate de fondo sobre el consentimiento informado para este tipo de procedimiento y qué implica? ¿será sostenible que la ley afirme al mismo tiempo que una niña de 13 años no puede consentir una relación sexual pero sí puede consentir libremente un aborto? ¿Será sostenible, de verdad, decir que una ecografía es una forma de violencia? ¿No debemos dar el debate frente a las fallas y burocracia en los largos procesos de adopción, con listas de espera interminables y requisitos que impiden la materialización de esta medida de protección de los niños, niñas y adolescentes?

Abordemos el debate, pero abordémoslo en serio, en el foro que es y con todas las preguntas que son; sin evadir ninguna ni utilizar trampas. El debate debe ser amplio, deliberativo y darse en el Congreso. Que la corte no se equivoque. Su tarea es ser prudente, y reafirmar que esta discusión ya no le corresponde.

Y una última cuña: ¿No es una completa traición al feminismo aplaudir a una mujer que dice que no podría haber sido exitosa en su vida profesional si no hubiera abortado? ¿Tiene sentido que aplaudamos que el mundo laboral esté diseñado para que solo tenga éxito el modelo enteramente masculino, que invisibiliza la posibilidad de la maternidad?

* Profesora de Derecho de la Universidad de la Sabana

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