El decreto expedido responde a la orden de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, que aseguraba que había una intervención violenta, desproporcionada y arbitraria por parte de la fuerza pública.
Por tal razón, el decreto señala que primará el diálogo y la mediación en el desarrollo de las manifestaciones públicas.
La Policía deberá cumplir las órdenes del gobernador o alcalde del departamento o municipio que serán impartidas por el respectivo comandante.
Asimismo, dice que toda intervención de las autoridades deberá estar encaminada a garantizar el ejercicio del derecho de reunión y manifestación pública y pacífica, con respeto hacia la dignidad humana.
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También indica que las autoridades deberán proteger y garantizar los derechos de los niños, niñas, adolescentes, mujeres, población lesbiana, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual y queer - Lgbtiq+, comunidades étnicas, personas mayores y en situación de discapacidad, sin importar su filiación política, nacionalidad, entre otras.
Respecto al uso de la fuerza, el decreto indica que "la actuación de la Policía Nacional estará dirigida a la protección y garantía de derechos de los ciudadanos, tanto de quienes participan en las manifestaciones como de quienes no lo hacen".
Y en ese sentido agrega que “la Policía Nacional en el ejercicio de la fuerza y de las armas, continuará recibiendo formación, capacitación y retroalimentación en el manejo de este contexto, aunado a lo anterior deberán estar dotados y capacitados con diversos métodos y tipos de armas y municiones que les permitan usar la fuerza de forma diferenciada”, dice el decreto.
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Por su parte, señala que la intervención del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) será entendida como la última instancia y el último recurso para controlar los actos de violencia que cometan personas o focos específicos dentro de una manifestación pacífica.
Del mismo modo, el personal uniformado de la Policía Nacional que intervenga en manifestaciones públicas y pacíficas no podrá hacer uso de armas de fuego.
El decreto también indica que las Fuerzas Militares no intervendrán en operativos de control y contención en el marco de las manifestaciones públicas, salvo cuando se disponga la asistencia militar.
Finalmente, la nueva norma concluye con que las autoridades administrativas y de policía efectuarán análisis, verificación y seguimiento de los resultados de las movilizaciones y las acciones desplegadas para garantizar el ejercicio del derecho a manifestarse pública y pacíficamente.
