MANIFESTACIONES

Gobierno definió directrices para actuación de Policía en manifestaciones

El Gobierno finalmente reveló el decreto que establece las directrices para la actuación de las autoridades de Policía en las manifestaciones públicas y pacíficas en el país.

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6 de enero de 2021 a las 7:43 a. m.
Foto: Publicaciones Semana. León Darío Peláez. Semana/Dinero

El decreto expedido responde a la orden de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, que aseguraba que había una intervención violenta, desproporcionada y arbitraria por parte de la fuerza pública.

Por tal razón, el decreto señala que primará el diálogo y la mediación en el desarrollo de las manifestaciones públicas.

La Policía deberá cumplir las órdenes del gobernador o alcalde del departamento o municipio que serán impartidas por el respectivo comandante.

Asimismo, dice que toda intervención de las autoridades deberá estar encaminada a garantizar el ejercicio del derecho de reunión y manifestación pública y pacífica, con respeto hacia la dignidad humana.

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También indica que las autoridades deberán proteger y garantizar los derechos de los niños, niñas, adolescentes, mujeres, población lesbiana, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, intersexual y queer - Lgbtiq+, comunidades étnicas, personas mayores y en situación de discapacidad, sin importar su filiación política, nacionalidad, entre otras.

Respecto al uso de la fuerza, el decreto indica que "la actuación de la Policía Nacional estará dirigida a la protección y garantía de derechos de los ciudadanos, tanto de quienes participan en las manifestaciones como de quienes no lo hacen".

Y en ese sentido agrega que “la Policía Nacional en el ejercicio de la fuerza y de las armas, continuará recibiendo formación, capacitación y retroalimentación en el manejo de este contexto, aunado a lo anterior deberán estar dotados y capacitados con diversos métodos y tipos de armas y municiones que les permitan usar la fuerza de forma diferenciada”, dice el decreto.

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Por su parte, señala que la intervención del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) será entendida como la última instancia y el último recurso para controlar los actos de violencia que cometan personas o focos específicos dentro de una manifestación pacífica.

Del mismo modo, el personal uniformado de la Policía Nacional que intervenga en manifestaciones públicas y pacíficas no podrá hacer uso de armas de fuego.

El decreto también indica que las Fuerzas Militares no intervendrán en operativos de control y contención en el marco de las manifestaciones públicas, salvo cuando se disponga la asistencia militar.

Finalmente, la nueva norma concluye con que las autoridades administrativas y de policía efectuarán análisis, verificación y seguimiento de los resultados de las movilizaciones y las acciones desplegadas para garantizar el ejercicio del derecho a manifestarse pública y pacíficamente.