Política

Los tres puntos que serían el talón de Aquiles del decreto de conmoción interior ante la Corte Constitucional, ¿al borde de caerse?

Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista, opina en SEMANA sobre las posibilidades de que el Gobierno no pueda continuar con su declaratoria.

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26 de enero de 2025, 4:49 p. m.
Gustavo Petro
Corte Constitucional y al otro lado el Congreso de la República
El decreto de conmoción interior fue expedido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. Ahora, pasará a la revisión de la Corte Constitucional. | Foto: SEMANA

El presidente Gustavo Petro decretó estado de conmoción interior el pasado viernes, 24 de enero, por la crisis de orden público que provocó el enfrentamiento entre el ELN y las disidencias de las Farc en el oriente del país.

Luego de varios días de espera, en los que no había certeza de las implicaciones de este decreto, el mandatario destapó sus cartas, intentando mitigar cualquier posibilidad de que la Corte Constitucional la declare inexequible.

Cientos de personas llegan a Cúcuta para escapar de la violencia en el Catatumbo. La ciudad superó su capacidad de atención.
Miles de desplazados y cerca de un centenar de víctimas mortales deja la dramática situación de orden público en el Catatumbo. | Foto: Juan Carlos sierra-semana

Tal como dice la Constitución Política, en este momento la Corte Constitucional tiene en su poder el decreto, que se encuentra a partir del viernes en estudio automático.

Pese a que el Gobierno pensó muy seriamente en poder superar este filtro, los expertos aseguran que puede haber puntos problemáticos que podrían hacer tumbar el decreto.

  El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry afirmó que no hay rupturas institucionales en curso en Colombia y advirtió que se debe permitir  que las instituciones funcionen.
El abogado constitucionalista Juan Manuel Charry explica los alcances en materia de constitucionalidad a los que se enfrentará la conmoción interior. | Foto: juan carlos sierra-semana

SEMANA conversó con Juan Manuel Charry, abogado especialista en derecho constitucional, quien señala tres puntos que podrían hacer hundir el decreto de conmoción interior.

De acuerdo con el abogado y profesor universitario, el primero es que podría no cumplir con el principio de imprevisibilidad, requisito establecido por la Constitución, por los avisos y alertas tempranas en torno a lo que ocurre en los departamentos de Norte de Santander y Cesar, especialmente en la región del Catatumbo.

“¿El hecho es grave? Creería que sí lo es. Por supuesto, lo valorará la Corte. ¿Es un hecho imprevisible? Creería que es el punto más discutible del decreto. Se trata de acciones guerrilleras de un grupo de larga trayectoria del país, con quienes se estaban adelantando negociaciones, y fueron suspendidas. Hubo alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo. Al parecer era previsible que, de haber suspensión de los diálogos, hubiera una estrategia de escalar la violencia, como una muestra de fuerza, para reabrir la negociación. Será el tema de mayor estudio”, manifestó Charry en este medio.

Otro punto que podría hacer tumbar el decreto es la duda alrededor de la utilidad del decreto para propósitos relacionados con detener la guerra, considerando que la legislación colombiana permite hacerle frente.

“Las medidas de Fuerza Pública, en mi opinión, no requieren normas legislativas distintas a las existentes. El presidente es el jefe supremo de las Fuerzas Militares y puede dar las órdenes correspondientes. Incluso podría tomar medidas ante Venezuela, que permiten el refugio de guerrilleros en el país fronterizo. Hay elementos que le permiten al presidente tomar medidas para aliviar la situación, con normas ordinarias”, agregó.

Gustavo Petro ELN Decreto
El presidente Gustavo Petro busca, con el decreto de conmoción, buscar los instrumentos que le permitan devolverle la tranquilidad a la región, sacudida por la arremetida del ELN. | Foto: SEMANA

Finalmente, el decreto también establece que, “dada la excepcionalidad de la situación, el Gobierno nacional deberá recurrir a recursos fiscales extraordinarios y a modificaciones del PGN”.

Para Charry, la situación fiscal del país es provocada por el mismo gobierno, que también es el único que puede sacarlo de ahí.

“Son temas de posiciones o de políticas gubernamentales que se tomaron antes para reducir presupuesto. (...) Puede ser cierto, ¿pero qué necesita de extraordinario, distinto a que la Fuerza Pública haga los operativos correspondientes”, explicó.

El decreto recibirá un concepto de fondo del Congreso de la República, así como un aval de la Corte Constitucional. Cada vez son más las dudas sobre la pertinencia de la medida, dado que muchos temen que aporte poco a lograr la paz en el Catatumbo.