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Salud

MinSalud fija precio tope de 50 medicamentos

Analgésicos, antigripales y antiácidos integran la lista. La resolución hace parte de la lucha de esta cartera por contener el alto precio de las medicinas en el país.

7 de mayo de 2019

Ponerle orden al desequilibrio de precios de compra y venta de medicamentos en el país ha sido un objetivo del Ministerio de Salud en los últimos gobiernos. El ejemplo más contundente fue en enero de 2019 con la entrada en vigencia de una circular liderada por el exministro Alejandro Gaviria, que redujo el precio de más de 900 medicamentos y alivió el bolsillo de millones de colombianos.

Siguiendo con esa iniciativa, el ministro de Salud Juan Pablo Uribe, expidió este 2 de mayo la resolución 1019 que pone freno a la variedad de precios de 50 medicamentos no POS, es decir los que no están en el Plan de Beneficios Básicos. La medida, principalmente, busca evitar que farmacéuticas, EPS y laboratorios le cobren al Estado precios distintos.   

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La resolución fija los valores máximos de cobro y recobro que pueden solicitar las entidades al Gobierno por los fármacos y las tecnologías en salud que no están financiadas por la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Entre ellas analgésicos, antigripales, antiácidos, anticancerígenos, entre otros medicamentos fundamentales para la atención en salud que, antes se comercializaban a precios indiscriminados.

Según indicó Diana Isabel Cárdenas, viceministra de Protección Social, había una gran dispersión en esos valores, pues por ejemplo, por el mismo componente de un medicamento administrado a un paciente, una EPS le cobraba al sistema de salud 20 pesos por kilogramo y otras, 5. 

Aunque esta resolución acoge sólo a un grupo de 50 principios activos, para el mes de Julio se estima que la entidad regule el precio de 1.000 medicinas más. En el listado de los 50 aprobados están algunos de los medicamentos más costosos como la agalsidasa, a la que se le puso un tope de 1.141.713 pesos y la dexametasona, con una tarifa máxima de 4.58S.684 pesos, en especial cuando se use en implantes. También, hay tanto fármados de última generación como medicamentos básicos para la acidez, EPOC, hipoglisemiantes, diabetes y colesterol.

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Esta decisión que entró en vigencia desde la semana pasada, afectará principalmente a EPS, IPS y demás instituciones recobrantes que suministren a sus afiliados medicamentos y servicios que no están financiados por la UPC. Estos se entregan a través de la herramienta tecnológica Mipres y se cobran a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).

La medida ha generado polémica, pues no regula el precio en el mercado, sino que limita la inversión que podrá hacer el Estado en cierto tipo de medicamentos para evitar que se gaste de más. En ese sentido es distinta a la implementada desde enero de 2019 por el anterior gobierno que controlaba el precio de venta al público.

En últimas, lo que logra la medida es que el Estado no pague más del valor especificado, pero si una entidad quiere venderlo a un precio superior, todavía puede hacerlo. Se espera que con ello al menos sea más eficiente el gasto público, para que cada vez más los colombianos tengan un mayor acceso y calidad en estos servicios. 

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