Enrique Gómez, senador de Salvación Nacional, radicará este 23 de septiembre el controvertido proyecto que modificaría sustancialmente la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). SEMANA conoció el documento que promete una tormenta política en Colombia.

En primer lugar, Gómez pondrá a consideración del Congreso de la República que la fecha de vencimiento del tribunal de paz sea 2028 y que los casos que no se alcancen a resolver pasen a otras entidades de la justicia, respetando la naturaleza de esa jurisdicción.

Para lograr esto, el senador busca modificar el artículo 15 del Acto Legislativo 01 de 2017.

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Ese párrafo estableció que la conclusión de las funciones de la JEP, consistentes en la presentación de acusaciones, será de 10 años contados a partir de la entrada efectiva en funcionamiento de la totalidad de salas y secciones. Ese tiempo empezó a correr desde el 15 de marzo de 2018.

Ese artículo también dejó en firme un plazo posterior de cinco años más para que la JEP pueda concluir su actividad jurisdiccional, el cual podría ser prorrogado mediante ley, a solicitud de los magistrados, por un término máximo de 20 años.

El senador Gómez indicó que el plazo inicial de 10 años para que se presenten los escritos de acusación sería hasta el 15 de marzo de 2028, y que los primeros 15 años se cumplirían el 15 de marzo de 2033. Así las cosas, quiere cambiar la norma para reajustar los tiempos.

Enrique Gómez Martínez, senador del Movimiento Salvación Nacional. Foto: Bryan Rosado

“El presente proyecto pretende modificar el término de funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, estableciendo un período máximo e improrrogable de 10 años para el ejercicio de sus funciones”, se lee en la iniciativa legislativa que será radicada este miércoles.

Además de esa propuesta, el congresista de Salvación Nacional quiere agregar un nuevo artículo orientado a establecer un régimen constitucional de cierre y transición jurisdiccional de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Esta disposición establecería que la ley determinará el régimen aplicable a los procesos y actuaciones que no hayan culminado al vencimiento del término previsto para el funcionamiento de la JEP. Varios sectores plantean que sea la justicia ordinaria.

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Quien asuma esa responsabilidad, tendría que acoger el régimen de justicia transicional previsto para los hechos sometidos a su competencia, “incluidos los tratamientos penales especiales, beneficios, régimen sancionatorio, condicionalidades y demás consecuencias jurídicas aplicables”.

El objetivo es que el traslado de competencias por vencimiento de la JEP no pueda generar un tratamiento penal o procesal más gravoso para quienes se encontraban sometidos a la Jurisdicción Especial para la Paz.

Finalmente, “se garantiza la conservación de los efectos de las decisiones y sanciones impuestas por la JEP, correspondiendo a la ley determinar las autoridades y reglas necesarias para su ejecución, supervisión y cumplimiento”.

Logo de la Jurisdicción Especial para la Paz. Foto: Jurisdicción Especial para la Paz-JEP

Por aparte, el senador Enrique Gómez busca recortarle una tajada a la cartera de la JEP en medio de la discusión del Presupuesto General de la Nación. Su idea es que se le resten 100.000 millones de pesos y se trasladen al Consejo Superior de la Judicatura. El presidente Abelardo De La Espriella le dio el visto bueno a la propuesta.

Este escenario de posibles cambios generó una tormenta política en Colombia y llevó al presidente de la JEP, el magistrado Alejandro Ramelli, a acudir a los organismos internacionales para intentar blindar el trabajo de la Jurisdicción. Él contará en el Congreso con el respaldo del Pacto Histórico y la oposición de algunos sectores políticos aliados al Gobierno nacional.