A medida que la venta de motocicletas aumenta en el país, las autoridades siguen intensificando los controles para garantizar el cumplimiento de las normas de tránsito, y así verificar que se cumplan los requisitos para operar estos vehículos.

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A los motociclistas ya no les podrán inmovilizar sus vehículos cuando cometan ciertas infracciones. Foto: Colprensa - Catalina Olaya

Si bien el número de matrículas ha aumentado y en 2025 se superó el millón de unidades, también es cierto que los moteros protagonizan el mayor número de accidentes y de infracciones, por lo que se han puesto en marcha diferentes estrategias para mitigar esa situación.

Pese a esto, en 2024 se aprobó la Ley de Igualdad Regulatoria, la cual impide que se inmovilice la motocicleta a quienes cometan ciertas infracciones, buscando sanciones equivalentes a las que se imponen a los conductores de automóviles o vehículos particulares.

Con esta ley, no se deja de imponer el comparendo correspondiente al infractor, pero sí se da un equilibrio sancionatorio y no se inmoviliza la motocicleta, tal como sucede cuando un vehículo particular es sorprendido cometiendo alguna de las infracciones estipuladas en esta nueva norma.

¿Para cuáles infracciones ya no inmovilizarán motocicletas?

Según la ley que fue sancionada en 2024, los motociclistas que cometan cualquiera de las siguientes infracciones serán objeto de comparendo, pero no se les podrá inmovilizar su vehículo:

  • Infracción D3: Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • Infracción D4: No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
  • Infracción D5: Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
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A los infractores se les aplicará el comparendo, pero no se les podrá inmovilizar el vehículo. Foto: Colprensa - Catalina Olaya
  • Infracción D6: Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
  • Infracción D7: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.

Operativos contra motociclistas que van por los andenes

Las autoridades confirmaron que durante el pasado lunes, 23 de febrero, se realizaron 25 comparendos y se inmovilizaron 14 motocicletas, medidas adoptadas ante la imprudencia de motociclistas que invaden el andén, afectando la seguridad y tranquilidad de los peatones.

De igual forma, la Secretaría de Movilidad indicó que durante 2025 se programaron 1.409 operativos dirigidos al control de motocicletas en espacios peatonales, que dejaron como resultado 17.650 comparendos.

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La ciudadanía ha denunciado el aumento de motociclistas transitando por los andenes. Foto: Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia /API

Entretanto, en lo corrido de 2026, con corte al 19 de febrero, ya se han programado 389 operativos y se han impuesto 3.306 comparendos por esta conducta. Esto representa un incremento del 84 % en los comparendos notificados en vía durante el primer bimestre frente al mismo periodo del año anterior, como resultado del fortalecimiento de las acciones de vigilancia y control.

Estos operativos se concentran en andenes, ciclorrutas, puentes peatonales, zonas verdes y separadores, donde la circulación de vehículos está prohibida.