La Secretaría Distrital de Movilidad de Cali publicó la rotación del pico y placa que regirá en la ciudad a partir del próximo 30 de junio. Según la Alcaldía, esta se extenderá hasta el 31 de diciembre de este año.

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La restricción tiene un horario habitual de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., de lunes a viernes, y no aplica para taxis o motocicletas, solo para carros particulares. Durante fines de semana y festivos, los conductores se podrán movilizar libremente.

Pico y placa en Cali del 30 de junio al 5 de julio

Los vehículos particulares con placas que finalicen en 1 y 2 no podrán circular por las calles en el horario de la medida el martes 30 de junio.

Así quedó la restricción para el resto de la semana:

  • Martes 30 de junio: 1 y 2.
  • Miércoles 1 de julio: 3 y 4.
  • Jueves 2 de julio: 5 y 6.
  • Viernes 3 de julio: 7 y 8.
  • Sábado 4 de julio: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 5 de julio: no aplica la medida de pico y placa.
La rotación del pico y placa se mantendrá hasta el 31 de diciembre. Foto: Alcaldía de Cali

“La rotación del ‘pico y placa’ es una medida que nos permite gestionar, de manera más eficiente, la movilidad de la ciudad. Invitamos a todos los ciudadanos a informarse a través de nuestros canales oficiales, cumplir con la normativa y sumarse a las acciones que contribuyen a una Cali más organizada, sostenible y segura para todos”, indicó Sergio Javier Moncayo, secretario de Movilidad Distrital.

Quienes deseen circular durante el pico y placa podrán pagar la tasa por congestión. El pago debe realizarse y quedar liquidado antes de las 5:00 p. m. del día anterior al uso del beneficio. Para 2026, las tarifas son de $ 121.000 por un día, $ 480.000 por un mes y $ 2.920.000 por seis meses.

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Vehículos exentos

  • Carros de emergencia y socorro, como ambulancias, unidades de bomberos o Cruz Roja.
  • Vehículos de servicio oficial, diplomáticos y consulares.
  • Automóviles que transporten a personas con movilidad reducida o discapacidad que cuenten con acreditación.
  • Carros eléctricos o híbridos.
  • Vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas.
  • Usuarios que liquiden la tasa de congestión o contaminación.
  • Motocicletas.