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El COVID-19 en Colombia.
Las tres nuevas localidades que entrarán en cuarentena desde el martes 12 de enero | Foto: Semana.

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Cuarentena en Bogotá: Kennedy, Teusaquillo y Fontibón, nuevas localidades que entrarán en aislamiento desde el 12 de enero

La alcaldesa Claudia López restringió la movilidad en la ciudad desde la medianoche de este jueves hasta el martes 12 de enero a las 4:00 de la mañana.

7 de enero de 2021

Ante el creciente número de casos positivos de coronavirus en Bogotá, la alcaldesa Claudia López anunció una serie de medidas para este mes de enero.

En primer lugar, la mandataria local declaró alerta roja hospitalaria en toda la ciudad y aseguró que, probablemente, la nueva cepa de covid-19 identificada en Reino Unido ya está en la capital.

Teniendo en cuenta esto, López dijo que se restringe la movilidad en Bogotá desde este jueves 7 a las 11:59 p. m. hasta el martes 12 de enero a las 4:00 a. m.

Habrá también un toque de queda nocturno desde las 8:00 p. m. hasta las 4:00 a.m. entre el 12 y el 17 de enero.

Por otro lado, dijo que se mantiene la cuarentena por localidades en Usaquén, Suba y Engativá hasta el 17 de enero a las 11:59 p. m., y a partir del próximo martes 12 de enero iniciarán cuarentena tres nuevas localidades: Kennedy, Fontibón y Teusaquillo, medida que irá hasta el 21 de enero a las 11:59 p. m.

El centro de Bogotá, en medio del confinamiento de marzo pasado.

Adicionalmente, durante este domingo y lunes festivo, la ciclovía estará suspendida para facilitar el regreso de los viajeros a Bogotá y evitar aglomeraciones.

En compañía del secretario de Salud, Alejandro Gómez, y el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, la alcaldesa explicó las medidas que empezarán a regir desde esta semana como producto del segundo pico de la covid-19 en el país y en la ciudad.

De acuerdo con López, el comportamiento de los indicadores de salud en Bogotá evidencia que desde la primera semana de diciembre hay un incremento en la ocupación de camas de cuidados intensivos e intermedios en la ciudad, por lo que el Distrito, como primera medida, declaró la alerta roja en la ciudad y en el servicio hospitalario con el fin de seguir garantizando la prestación de los servicios de salud, la disponibilidad del talento humano y los medicamentos esenciales para todos los niveles de atención médica.

A quienes regresan de viaje, las autoridades distritales pidieron “extremar los cuidados” durante el trayecto y a la llegada, y realizar un aislamiento preventivo y voluntario de 7 días para evaluar sus síntomas y reportar cualquier novedad.

“Es duro iniciar el año tomando estas medidas, pero de todos depende que este segundo pico lo pasemos rápido. Nos enfrentamos a posibles fenómenos como la nueva cepa y por eso debemos extremar todas las medidas para protegernos. Bogotá siempre ha sido ejemplo de cuidado durante toda la pandemia, no podemos bajar la guardia. Si nos cuidamos, salvamos nuestra vida y las de miles de personas en la ciudad”, puntualizó la alcaldesa Claudia López.

¿Cómo funciona la cuarentena por localidades?

Según lo anunciado por la alcaldesa, las localidades que ya tenían medidas especiales (Suba, Engativá y Usaquén) continuarán hasta el próximo 17 de enero a las 11:59 p. m. Por su parte, las localidades de Kennedy, Teusaquillo y Fontibón entran en cuarentena estricta desde este martes 12 a las 00:00 horas y hasta el próximo jueves 21 de enero a las 11:59 p. m., debido al aumento de casos positivos y hospitalizaciones por coronavirus en los últimos días.

Para estas restricciones por localidades están exceptuadas las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:

  • Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud y de primera necesidad (se permiten domicilios). Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar entre las 5:00 a. m. y las 7:59 p. m.
  • Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y de animales.
  • Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso de que la autoridad así lo requiera.
  • Atención y emergencias médicas y veterinarias, atención prehospitalaria.
  • Las personas que retornan al Distrito Capital vía terrestre, así como aquellas que se desplazan a sus ciudades de origen desde la ciudad de Bogotá D. C. o que cuenten con viajes intermunicipales previamente programados.
  • La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar.
  • Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  • Abastecimiento y distribución de combustible.
  • Insumos para producir bienes de primera necesidad e insumos agrícolas.
  • Bienes y mercancías para el comercio electrónico y plataformas tecnológicas.
  • La prestación de servicios: bancarios, financieros, vigilancia y seguridad privada, actividades notariales, inmobiliarias y de registro de instrumentos públicos, expedición licencias urbanísticas, centros de diagnóstico automotor.
  • El personal indispensable para la ejecución de obras civiles públicas
  • Las actividades de la industria hotelera.
  • Personal operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá D. C., programados durante el periodo de restricción, debidamente acreditados con el documento respectivo, tales como pasabordos físicos o electrónicos o tiquetes, entre otros.
  • La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.
  • Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales exclusivamente para la comercialización de los productos y servicios a los que se refiere el artículo 1 del presente decreto.

Para aplicar a las excepciones de la medida, el personal contemplado en el listado deberá identificarse con su documento ante las autoridades.

Además, se autoriza para todos los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, entre las 5:00 a. m. y las 10:00 p. m.

Otra de las excepciones a tener en cuenta es que una persona por núcleo familiar podrá sacar cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, a sus mascotas o animales de compañía por un lapso no superior a 20 minutos, en el horario comprendido entre las 5:00 a. m. y las 7:59 p. m.