Economía
¿Pueden despedirlo por realizar apuestas con sus compañeros de trabajo?
Los empleados deben conocer las prohibiciones que determina la ley.
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La convivencia en las empresas del país es uno de los factores más importantes para obtener los resultados deseados por los dueños de las compañías.
Una de las prácticas más populares que realizan los compañeros de empresa es realizar apuestas sobre diversas situaciones. Las más comunes van asociadas a eventos deportivos o a la consecución de las metas empresariales.
A pesar de que la práctica de realizar apuestas, colectas o rifas en el país es muy común, el Código Sustantivo del Trabajo señala que este tipo de acciones están prohibidas por el marco legal del país.

“Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo”, señala el artículo mencionado.
Si un trabajador es sorprendido realizando estas acciones en su empresa, puede ser sancionado bajo la normativa con la que cuente la compañía. Sin embargo, las leyes permiten el despido del trabajador o de los implicados en las infracciones.
El despido de un trabajador se debe dar tras analizar la situación que dio lugar a la infracción de las normas de la empresa, y tras superar la etapa de descargos, en la cual la empresa deberá escuchar los argumentos que tenga el empleado o las pruebas que este quiera aportar.
En algunos casos, las compañías permiten realizar diversas colectas o rifas con el permiso de los dueños de la misma y siguiendo los parámetros y normativas que determina la ley del país en estas situaciones.
Por otra parte, la captación de dinero de manera ilegal no solo es penada por las normas laborales, sino que, además, puede dar lugar a investigaciones por parte de los organismos de control.

¿Bajo qué otros casos pueden despedir a una persona según el Código Sustantivo del Trabajo?
- El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.
- Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.
- Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.
Los empleadores deben seguir las normativas del país y cumplir con los pagos que correspondan a cada empleado.