Economía

Declaración de renta: cédulas que deben presentarla entre el 19 y el 22 de agosto; ojo con la multa

Estas son las cédulas que deben declarar en la tercera semana de agosto.

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19 de agosto de 2025, 12:02 p. m.
Declaración de renta 2020
La declaración de renta es un documento tributario clave en Colombia. | Foto: SEMANA

La declaración de renta es uno de los documentos tributarios más importantes en Colombia. Como es costumbre, cada año millones de contribuyentes se alistan para presentar el reporte, que es obligatorio para quienes cumplen ciertas condiciones.

Desde el pasado 12 de agosto y hasta el 24 de octubre se extenderán los vencimientos para presentar el reporte, que están definidos por los dos últimos dígitos de la cédula.

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La DIAN publica cada año un calendario oficial con las fechas exactas. | Foto: Adobe Stock

Es decir, cada contribuyente debe mirar cuál es el número con el que termina su documento de identidad, y de acuerdo con ese par de cifras, tendrá asignada una fecha límite específica para presentar la declaración y pagar el impuesto, si le corresponde.

Es importante que sepa siempre cuál es su vencimiento y que no se pase de esta fecha, pues puede enfrentar millonarias multas dependiendo de la sanción que le sea aplicada.

Para esta semana, los vencimientos para la declaración de renta son los siguientes:

  • 19 de agosto: cédulas terminadas en 09 y 10
  • 20 de agosto: cédulas terminadas en 11 y 12
  • 21 de agosto: cédulas terminadas en 13 y 14
  • 22 de agosto: cédulas terminadas en 15 y 16
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Los plazos se asignan de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula del contribuyente. | Foto: Getty Images

Son tres los tipos de multas que puede imponerle si usted no declara a tiempo. La primera es la sanción por extemporaneidad, que es de un porcentaje del 5% del impuesto de renta a cargo. Esta multa puede ir aumentando dependiendo de los días de retraso.

También existe una sanción por no declarar, pues la Dian puede declarar el impuesto con base en la información que tenga y cobrarle hasta un 20% de los ingresos brutos o consignaciones que no hayan sido declaradas.

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El orden de vencimientos va en bloques consecutivos: por ejemplo, 01-02, luego 03-04, y así hasta terminar en 99-00. | Foto: Getty Images

Si se da el caso de que la Dian haya enviado un requisito y el contribuyente aún no haya presentado la declaración, la sanción puede incrementar del 10% al 200%, dependiendo del tiempo.