Si por algo ha sido criticado el presidente Gustavo Petro es por la proliferación de decretos, a falta de leyes aprobadas democráticamente en el Congreso de la República, donde le han hundido propuestas de grueso calibre.
La cifra total de la ‘decretitis’ es difícil de consolidar, pues, si bien los gobiernos emiten estas normas con generosidad, porque tienen que hacer nombramientos, aceptar renuncias, expedir reglamentos o realizar ajustes en la administración pública, entre otras, en esta oportunidad se adiciona esa posición que se ha visto como radical, y es que “si el Congreso no aprueba, el Gobierno actúa por decreto”, como lo ha manifestado el mandatario.

Por el momento, existe la percepción de que, entre agosto de 2022 y este año, en el que se termina el primer mandato de un partido de izquierda en el país, han salido decretos en pila, y de todo tipo, pero se destacan los que tienen que ver con las reformas sociales: educación, salud, laboral; o con la energía, tema bandera de la actual administración, que busca una transición hacia fuentes menos contaminantes.
En lo que toca a lo financiero, el presupuesto vigente, aunque no se expidió por decreto como el de 2025, desató una fuerte controversia en el Legislativo, donde hubo desacuerdos porque estaban avalando una propuesta desfinanciada, sujeta a una ley de financiamiento que no existía. Finalmente, la que fue negada fue la reforma tributaria y ahora requerirá un nuevo decreto, esta vez para hacer el aplazamiento de recursos (recorte presupuestal) por los 16 billones de pesos que se esperaba recaudar.
La fractura entre el Ejecutivo y el Legislativo se traduce en ‘decretitis’, y, según análisis de la Facultad de Ciencia Política de la Universidad de los Andes, se vio el año pasado con la expedición por decreto del presupuesto, lo que fue un hecho inédito desde 1991.

El salario mínimo también fue fijado por decreto, con un alza del 23 por ciento, lo que provocó acciones jurídicas para pedir su nulidad. Eso, sin contar con la nombradera y la cambiadera de funcionarios, lo que también abulta el cartapacio de decretos emitidos hasta ahora. Es decir, si en el Gobierno de Álvaro Uribe el mantra era “trabajar, trabajar y trabajar” y en el de Juan Manuel Santos en algún momento el estribillo más repetido fue “ejecutar, ejecutar, ejecutar”, en la actual administración es “decretar, decretar, decretar, pues ya el gobierno se va a acabar”, como lo expresó el economista Camilo Herrera en una columna, en la que se refirió al mensaje que se deja con esa persistencia: “Gobernar por decreto es gobernar solo, es mostrar que no se tiene apoyo, que no se logran acuerdos”.
Si bien es llamativo que, tan pronto se cae un proyecto de ley, al poco tiempo surja un decreto, en términos económicos es particularmente riesgoso que se emitan decretos con temas tributarios, porque los efectos son de largo plazo.

De hecho, esa fue una de las razones por las cuales la Corte Constitucional declaró la suspensión provisional del decreto con el cual se estableció la emergencia económica, a la luz de la cual se tiene a la vista un paquete de impuestos en reemplazo de la ley de financiamiento hundida.
A fin de ver el golpe que le puede significar a la bolsa pública los decretos que tienen fuerza de ley, hay que poner en el visor el costo fiscal cuantificable de las leyes que se emiten, tema que anualmente aborda el Marco Fiscal de Mediano Plazo, documento que elabora el Ministerio de Hacienda, para proyectar el panorama económico en una década.
El año pasado, ese marco fiscal consignó que solo 17 leyes que tenían un costo medible demandaban más de 10 billones de pesos. De allí el riesgo de gobernar por decreto, sin los filtros de las demás ramas del poder. Más aún, si de antemano se conoce la inconstitucionalidad de las medidas, como ha sucedido en este caso.

“No hay antecedente de gobiernos que hayan emitido tantos decretos inconstitucionales, a pesar de existir cosa juzgada de la Corte Constitucional”, dijo Carlos Augusto Chacón, director del Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga.
El Estado de los decretos
El uso de decretos para gobernar sin el Congreso, además de esparcir una neblina sobre el impacto económico que vendrá, también tiene un efecto en la Rama Judicial que recibe las demandas respectivas.
Miguel Ángel Fandiño, director de temas legales y tributarios en la firma PwC Colombia, revisó el estado de los decretos más importantes en lo económico. Los últimos meses del año suelen ser propicios para las mayores emisiones de normas de alto impacto. Muestra de ello es que, entre el 2 y el 31 de diciembre del primer año del Gobierno Petro, se emitieron 125 decretos, entre ellos el del cese al fuego bilateral con las Farc.

La reforma a la salud es otro ejemplo de la tendencia del Gobierno cuando el Congreso no apoya lo que propone. En julio de 2025, se puso en marcha un par de medidas decretadas, relacionadas con dicha reforma, la cual no ha sido avalada por falta de claridad sobre el costo que implica su financiación.
Salió así por decreto la creación del modelo de salud preventiva, predictiva y resolutiva, que contempla cambios en el rol de las EPS. La medida tiene suspensión provisional en el Consejo de Estado, pendiente de un juicio de nulidad.
En 2025 también fue suspendido el decreto para convocar a consulta popular, porque fue emitido sin el concepto previo del Senado, como lo exige la Constitución. Dicha consulta tenía como fin principal preguntar a los colombianos sobre las medidas laborales para introducir beneficios para los trabajadores. Finalmente, la reforma laboral recibió el sí de los parlamentarios. En ese mismo año fue revocado el decreto que estableció la conmoción interior en el Catatumbo, por terminación de su vigencia.

Paquetazo de impuestos
Pero dentro de lo que más impresión causa son los decretos con impuestos. En la primera mitad de 2025, se emitió una norma para modificar las tarifas de retención en la fuente a ciertos sectores de la economía, en especial a los de la industria extractiva. Ello implica que deben adelantar pagos que luego se cruzan cuando pagan el impuesto de renta. Dicha medida se aplica para mejorar la liquidez del Gobierno, en medio de una apretada situación fiscal.
El problema es que, para el siguiente año, es decir, este 2026, el recaudo tributario puede verse mermado; en otras palabras, ya se gastó parte de la plata que debería entrar este año para el funcionamiento del Estado.
Y el mayor paquete de normas relacionadas con impuestos es el que está en la emergencia económica. El decreto 1474, que depende del principal (el de la declaratoria), perdió vigencia tras la decisión de la Corte, y contiene un largo listado de tributos y contribuciones obligatorias, entre ellas el incremento del IVA al 19 por ciento para bebidas alcohólicas; alza en impuesto al consumo de licores y cigarrillos; sobretasa al impuesto de renta del sector financiero; aumento de tarifas en el impuesto al patrimonio, entre otros.Por decreto se estableció la reducción de la prima especial a los congresistas, lo que se percibió como retaliación del Ejecutivo por no lograr la ‘aprobatón’ de sus propuestas.

Y los decretos que están en capilla tampoco pasan desapercibidos. Allí está el que busca llevar a los fondos privados de pensiones a que inviertan más en el país y no en el exterior los recursos de los cotizantes al sistema de ahorro para la vejez. Y no se quedan atrás los emitidos y anunciados en relación con la promesa del presidente Petro de bajar las tarifas de energía a como dé lugar.Muchos analistas opinan que decretar no es lo mismo que hacer realidad. No en vano, Camilo Herrera afirma: “Como este gobierno no tiene obras por entregar, lanza decretos para impactar”.
