SANCIÓN
Por cartelización, Superindustria impone millonaria multa a empresas mineras del Meta
Tendrán que pagar 2.000 millones de pesos.
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Once agentes de mercado y a 9 personas naturales tendrán que pagar una sanción de 2.000 millones de pesos, al quedar demostrado, por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que llevaron a cabo dos acuerdos restrictivos de la libre competencia económica, es decir, cartelización.
Los acuerdos fueron celebrados y ejecutados por distintas empresas mineras de la zona de Guamal, Acacías y Castilla La Nueva en el departamento del Meta.
Según estableció la SIC, en la zona donde se llevaban a cabo los acuerdos está sentado el mercado de producción de materiales para la construcción extraídos en lecho de río, cuyos compradores principales son los contratistas de Ecopetrol.
Le llamaban repartición equitativa
El organismo de control estableció que el primer acuerdo anticompetitivo consistió en la asignación de cuotas de suministro, denominada por los cartelistas como la “repartición equitativa”.
Las acciones dentro del acuerdo consistían en aprovechar el número de títulos mineros que distintas personas tenían en la zona, para acordar que el 40 % del suministro de material pétreo para las solicitudes realizadas por los contratistas de Ecopetrol, corresponderían a una persona: en este caso a José Héctor Murillo Castillo y Servipetróleos.

Entre tanto, el 60 % restante se lo asignaban a los mineros afiliados a la Asociación de Mineros de los tres municipios: Guamal, Acacías y Castilla la Nueva.
De acuerdo con los hallazgos de la Superintendencia de Industria y Comercio, la práctica de los acuerdos se habría realizado entre el 2011 y el 2016.
La SIC estableció que se produjo un segundo acuerdo anticompetitivo que buscó garantizar y complementar el cumplimiento efectivo de la asignación de cuotas de suministro, y consistió en la fijación de precios del material pétreo que los mismos agentes de mercado establecieron año a año desde 2012 hasta febrero de 2016.
Además, la agremiación minera de los tres municipios, conocida como Asomguaca, habría constituido un sistema y procedimiento que limitó la libre competencia económica en el mercado de producción de materiales para la construcción extraídos en lecho de río, al ser un vehículo a través del cual se coordinó la operación, logística, seguimiento, vigilancia y control de los acuerdos anticompetitivos celebrados por los mineros.
De acuerdo con lo señalado por la Superintendencia, la agremiación también sirvió como portavoz ante Ecopetrol y las diferentes autoridades locales.
Las denuncias prendieron las alarmas
El informe de la Superindustria señala que la investigación se inició luego de una denuncia presentada por el Consorcio M&O, contratista aliado de Ecopetrol.
Adicionalmente, Ecopetrol también hizo llegar denuncias a la entidad de control, a través de las cuales informó acerca de la existencia de posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de producción de materiales para la construcción extraídos en lecho del río en los municipios en los que finalmente se encontraron las situaciones que llevaron a la imposición de la multa.
Durante la investigación, hubo personas que se vincularon como delatores, con el propósito de ser parte del Programa de Beneficios por Colaboración.
En consecuencia, además de confesar su participación en los acuerdos que se hicieron, violando las normas de la libre competencia económica, con lo cual, reconocieron su culpa, también aportaron pruebas relevantes que demostraban la existencia y ejecución de un acuerdo de asignación de cuotas de suministro.
Según el organismo de control, las Alcaldías municipales de Guamal, Acacías y Castilla La Nueva del departamento del Meta, serán notificadas de los hechos, con el fin de que, ante cualquier indicio de alguna práctica restrictiva de la libre competencia, la comuniquen de manera inmediata a la Superintendencia; al Ministerio de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería.
Finalmente, la Superintendencia confirmó que, contra la decisión de imponer la multa procede el recurso de reposición.