Las instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, ETDH, no volverán a clase presencial antes del 30 de mayo por determinación del Ministerio de Educación.

NACIÓN

Prorrogan cuarentena en instituciones de educación especializada

Así lo determina la Directiva 06 expedida por el Ministerio de Educación en la que se pide fortalecer los programas virtuales para que los estudiantes sigan con sus labores académicas.

30 de marzo de 2020

Las instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, ETDH, no volverán a clase presencial antes del 30 de mayo por determinación del Ministerio de Educación, que expidió la Directiva 06 dirigida a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación, en la que se pide fortalecer los programas virtuales para que los estudiantes sigan con sus labores académicas.

En el documento se invita a las instituciones a que de manera excepcional, durante el periodo que dure la emergencia sanitaria, ajusten su cronograma de actividades y desarrollen el componente teórico asistido por las herramientas que ofrecen las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC y se dictan disposiciones para los programas auxiliares del áreas de la salud, siempre garantizando las condiciones de calidad.

“Debido a la velocidad de la propagación del covid-19 y su escala de transmisión, debe evitarse las concentración de personas en los escenarios educativos, por lo que es necesario que las instituciones oferentes de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano – ETDH, diseñen planes y estrategias que faciliten el desarrollo de los planes de estudio sin la necesidad de la presencia de los estudiantes desde la fecha y hasta el 30 de mayo de 2020 garantizando en todo caso, las condiciones de calidad para la oferta de los programas aprobadas por la Secretaría de Educación”, señala.

Agrega que “para dar continuidad a los programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, se invita a las instituciones a que de manera excepcional, durante el periodo que de la emergencia sanitaria ajusten su cronograma de actividades y desarrollen el componente teórico asistido por las herramientas que ofrecen las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, TIC, sin que ello implique un cambio en el registro del programa aprobado no en su modalidad presencial”.

“El componente práctico de los programas de formación deberá ser ajustado y comunicad a los estudiantes por la institución, para que su cumplimiento sea realizado después de superado el periodo de emergencia sanitaria. En los programas auxiliares del ara de salud, el plan de formación será ajustado por el Comité de Docencia – Servicio, quienes adecuaran su respectivo pan de formación practica con el fin de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de salud”, indica.

Señala que “una vez finalizada la emergencia sanitaria, los programas de ETDH deberán continuar su desarrollo de acuerdo con lo aprobado en el registro del programa y atendiendo a los ajustes en el calendario de prácticas”.

“Si llegado el 30 de mayo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección social decide prorrogar el estado de emergencia sanitaria, las orientaciones contenidas en esta Directiva podrán seguir siendo ejecutadas por las instituciones oferentes de ETDH hasta que se decrete que la emergencia sanitaria ha terminado”, puntualiza la directriz del Ministerio de Educación.