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La jornada laboral para el próximo año quedará en 47 horas. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Jornada Laboral

Pilas que el próximo año se trabajará menos en Colombia

Así lo establece una ley que fue aprobada en 2021 por el Congreso de la República.

24 de noviembre de 2022

Todo año llega con cambios y nuevos retos y 2023 al parecer no será la excepción, no solo por las reformas que pretende impulsar el Gobierno del presidente Gustavo Petro, por los aires de crisis que llegan por culpa de la inflación o por el aumento de salario mínimo que se está negociando en este momento. A partir del próximo mes de enero, los trabajadores en el país tendrán que laborar menos para ganar el mismo salario.

Así lo establece la Ley 2101 del 15 de julio de 2021, por medio de la cual se busca reducir la jornada laboral en el país, de manera gradual y sin afectar el salario de los empleados. De acuerdo con esta norma, para finales de 2026, el requisito mínimo de horas que una persona debe cumplir deberá quedar en 42 horas, lo cual se traduce en una reducción de seis, respecto a las 48 que rigen actualmente.

“La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en cinco o seis días a la semana, garantizando siempre el día de descanso, salvo algunas excepciones”, dice esta ley en su articulado.

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El Ministerio de Trabajo, desde el gobierno del expresidente Iván Duque, viene explicando que la gradualidad en la aplicación contempla será de una hora para 2023 (quedando en 47), dos para 2024 (quedando en 46), cuatro para 2025 (para quedar en 44) y de seis para 2026, quedando finalmente en las 42 que se buscan inicialmente.

“En las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el Gobierno puede ordenar la reducción de Ia jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto. Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias. Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias”, agrega la Ley 2101.

El empleador y el trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis horas al día y treinta y seis (36) a la semana. En este caso no habrá lugar a recargo nocturno ni al previsto para el trabajo dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo.

“El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el día domingo”, se lee en la norma que entrará a regir el otro año.

Según un estudio del Banco de la República, un aumento del salario mínimo en 1 por ciento, en términos reales, produce una pérdida de empleos de unos 46.000 empleos al año.
Según un estudio del Banco de la República, un aumento del salario mínimo en 1 por ciento, en términos reales, produce una pérdida de empleos de unos 46.000 empleos al año. | Foto: JORGE SERRATO-semana

Hay que tener presente que el número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable durante la respectiva semana, teniendo como mínimo cuatro horas continuas y máximo hasta nueve horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y dos (42) horas semanales dentro de la Jornada Ordinaria.

“El empleador debe respetar todas las normas y principios que protegen al trabajador. La disminución de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores”, dice también esta ley.

Pese a esta reducción en la jornada laboral, incluso en 2026, Colombia seguiría siendo una de las naciones que más trabaja dentro de la región –y también en la Ocde– quedando al nivel de países como Israel. No obstante, no hay que pasar por alto que el actual gobierno piensa presentar en 2023 una reforma laboral y desde ya no se descarta un ajuste para que baje aún más el tiempo que las personas deben trabajar.

Aunque esta reforma solo irá al Congreso de la República a mediados del otro año, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha venido dando puntadas acerca de lo que contendrá y, de paso, causando preocupaciones en varios sectores que forman parte del tejido empresarial del país.

Según los anuncios hechos hasta ahora, el eje central de una iniciativa para organizar el mercado laboral es la promoción del trabajo decente, por lo cual la ministra habló de un nuevo ingrediente que tendría su proyecto de ley: acabar con la tercerización laboral, la cual viene siendo adelantada por empresas que ofrecen servicios temporales.