Home

Finanzas

Artículo

Getty Images
Muchas personas esperan el pago de junio para poder recibir su prima de mitad de año. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Nación

Prima de junio 2023: los requisitos que se deben cumplir para recibirla

La prima corresponde a un pago extra que se hace en dos momentos diferentes del año.

19 de junio de 2023

Los empleados colombianos esperaron con ansias el mes de junio, pues para algunos representa un dinero extra, ya que se les paga la prima de servicios. Ese ingreso extra, que es de gran ayuda para el bolsillo, en especial por la actual situación económica, no lo reciben todos los trabajadores. Además, esta se diferencia de la prima extralegal.

La prima de servicios se rige por la Ley 1788 de 2016, que establece los parámetros y condiciones para su cálculo y pago. Según esta normativa, el ingreso adicional equivale a un mes de salario por cada año trabajado, o proporcional al tiempo laborado, si el trabajador no ha cumplido un año completo. Este beneficio es obligatorio y se paga a los trabajadores en dos períodos del año, generalmente en junio y diciembre.

Es importante recordar que este valor extra de mitad de año debe ser pagado por los empleadores entre el primero y el 30 de junio, según el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.

La prima de servicios es una de las prestaciones sociales que beneficia a trabajadores en junio y diciembre.
La prima de servicios es una de las prestaciones sociales que beneficia a trabajadores en junio y diciembre. | Foto: Getty Images/iStockphoto

La prima es una responsabilidad que tienen las empresas con sus trabajadores, por lo que deben asegurarse de cumplir con ella. Para las micro y pequeñas empresas hay algunas alternativas que pueden permitirles costear la prima, pese a las dificultades económicas de los últimos meses.

La prima corresponde a un salario y se divide en dos entregas del 50 %. Una en junio y la otra en diciembre. Dicho pago se hace por todo el semestre trabajado o una cifra proporcional al tiempo laborado sobre el valor total del contrato.

Lo que quiere decir que, si el trabajador no lleva seis meses con contrato formal, este pago corresponderá al tiempo que lleve laborando con el empleador, tiempo que deberá ser, mínimo, de tres meses. La prima también aplica para el trabajo doméstico que, según el Gobierno nacional, corresponde a “toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, entre otros”.

Salario emocional - trabajadores - empleados felices
La prima se entrega en dos pagos, uno en junio, otro en diciembre. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Las personas que pretendan recibir este pago tendrán que tener un contrato formal y que cuyo salario no supere los $12 millones de pesos colombianos, siempre y cuando su contrato no sea por prestación de servicios.

El salario se debe multiplicar por el tiempo que ya se haya trabajado en días y este resultado hay que dividirlo en 360. De esta manera, quedará definido cuánto debería recibir el empleado en total. Pero como lo importante es determinar la prima de junio de 2023, es necesario dividir este resultado en dos para que dé el valor exacto que corresponde por el primer semestre.

Esto es lo que debe hacer si no le pagan la prima de junio

El plazo máximo que tienen los empleadores para pagar este excedente es el 30 de junio de 2023. En caso de no realizar la transacción, las empresas pueden verse sancionadas económicamente, según el Ministerio del Trabajo.

De acuerdo con lo contenido en el Código Sustantivo del Trabajo, en su Artículo 65, las multas corresponden a un día de salario por cada día de mora, adicional al monto que debe entregársele al trabajador.

Creativo Getty
Billetes de 50 mil pesos colombianos en forma de abanico sobre fondo blanco. | Foto: Getty Images

Si el empleador no cumple con el pago de la prima, se podrá presentar la denuncia directamente ante el Ministerio del Trabajo, que puede sancionar a la empresa, y así le tendrán que responder por el pago de la prima del trabajador.

Recordemos que los plazos para el pago y mecanismo para calcular el monto que se recibirá, está delimitado en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo: “El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.