La secretaria de Transito y Transporte de Armenia informó los beneficios para pagar multas por infracciones de tránsito impuestas hasta el 30 de junio del 2021. Imagen de referencia. Foto: Getty Images.
Los ciudadanos deben cumplir con el pago de sus multas. Imagen de referencia. Foto: Getty Images. | Foto: Foto: Getty Images.

Movilidad

Facilidades para los conductores: Cómo acceder a los acuerdos de pago por multas en Bogotá

Hay muchos casos en los que los conductores evitan pagar estas multas, sin embargo, las entidades instan a los ciudadanos a estar atentos a estas sanciones, tanto en concepto, como también en costo.

21 de junio de 2023

La movilidad ha sido un tema de interés durante los últimos días, principalmente a causa de la ola de colombianos que se vio en la obligación de renovar su licencia de conducción, con plazo hasta el pasado 20 de junio.

Durante estos meses los colombianos han acudieron al llamado que realizó el Ministerio de Transporte para que renueven sus licencias de conducción hasta este pasado 20 de junio, día en el que a más de cuatro millones de personas se les venció este documento.

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La Policía de Tránsito puede impartir comparendos a los conductores que cometan infracciones. | Foto: César Flechas - Semana

Con base en esto, las autoridades advirtieron a los conductores, que no se iban a impartir comparendos por no renovar este documento, si serán sancionados aquellos que conduzcan con sus pase de conducción vencido.

El conductor puede ser sancionado con multas, que pueden presentarse en dos casos concretos: no portar la licencia vigente y conducir sin haber obtenido la licencia correspondiente.

En el primer caso, es decir, no portar la licencia vigente, se aplica una multa de ocho SMLDV, lo que equivale a 309.344 pesos en 2023. Esta infracción se sanciona con el comparendo B-01.

Por otro lado, conducir sin haber obtenido la licencia correspondiente se considera una infracción más grave, en este caso la sanción implica una multa de 30 días de salario mínimo, lo que equivale a 1.160.000 pesos en 2023.

Esta infracción está catalogada como D.1 y se refiere a “guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente”. Además de la multa, si un conductor es sorprendido conduciendo sin licencia, su vehículo quedará inmovilizado en el lugar de los hechos hasta que una persona autorizada con licencia de conducción pueda recogerlo.

Hay muchos casos en los que los conductores evitan pagar estas multas, sin embargo, las entidades instan a los ciudadanos a estar atentos a estas sanciones, tanto en concepto, como también en costo.

Incluso en algunos casos, la Secretaría Distrital de Movilidad permite brindar soluciones a los bogotanos, con el fin de que estos puedan pagar de manera progresiva estas multas, en caso de no tener el dinero completo.

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Los agentes de tránsito suelen realizar puestos de control de exceso de velocidad y pruebas de alcoholemia. | Foto: Cortesía Alcaldía de Cali

Estos son llamados acuerdos de pago, sin embargo, para esto, la deuda y el deudor deben cumplir ciertos requisitos, por ejemplo, esta debe ser superior a 24,65 unidades de valor tributario (UVT), incluidos los intereses de este comparendo.

En estos casos, el valor de la primera cuota no puede ser inferior al 40 % de la deuda, o en su defecto, 9,86 UVT, mientras que las siguientes cuotas deben ser superiores a 210.000 pesos.

Para poder solicitar esta posibilidad, el deudor tendrá que cumplir una serie de requisitos en materia de documentación, entre lo que resalta: Formulario de solicitud para la radicación del acuerdo de pago, documento de identidad original o fotocopia del deudor, copia del último recibo de servicio público de la residencia en la que se encuentre inscrito el deudor, certificaciones laborales y bancarias menores a 30 días.

Los agentes de tránsito han hecho operativos en contra de los ciclomotores en la ciudad.
Los agentes de tránsito han enfocado su atención en proteger la seguridad vial. | Foto: Secretaría de Movilidad

Cabe aclarar que de aprobarse esta modalidad de pago, y se pasan 90 días sin pagar la cuota, el deudor será reportado a las entidades de información financiera, y tendrá que pagar el comparendo en su totalidad junto con los intereses ya incluidos.