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Foto: Guillermo Torres Semana | Foto: Guillermo Torres

Nación

¿Cómo afiliarse a Colpensiones?: este es el procedimiento paso a paso

El porcentaje que se debe aportar para el ahorro pensional corresponde al 16 % del salario.

20 de abril de 2021

La afiliación a Colpensiones puede realizarse si es trabajador dependiente, es decir, tiene vínculo laboral con una empresa, o es trabajador independiente, según reveló la administradora de pensiones.

Asimismo, informó que por normatividad dispone de cinco días hábiles para manifestar que desiste de su deseo de afiliarse al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM), administrada por Colpensiones, un trámite conocido como solicitud de retracto.

Para afiliarse debe seguir los siguientes pasos:

De manera virtual

· Ingrese al Portal Colpensiones – Trámites de Afiliación, menú ciudadanos, opción Afiliación electrónica.

· Regístrese en el sistema y cree su usuario y contraseña.

· Ingrese con su usuario y contraseña.

· Realice la afiliación seleccionando en trámites; la opción de “vinculación inicial” (solo si aún no está afiliado al Sistema General de Pensiones), siguiendo los pasos que le indica el sistema.

· Si es un trabajador dependiente deberá contar con todos los datos de su empleador como NIT, razón social, dirección laboral, correo electrónico y teléfono laboral, de lo contrario no podrá continuar con el trámite.

· Diligencie el formulario de afiliación de manera electrónica; el sistema generará un código de seguridad que será remitido vía correo electrónico o mensaje de texto, según su preferencia, con este procederá a firmar de manera electrónica su voluntad de afiliarse al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPMD).

· Posterior a finalizar el proceso de afiliación, puede consultar el estado de la solicitud y formulario de afiliación debidamente diligenciado y firmado electrónicamente, en el módulo Mis Transacciones.

· Recuerde que en el Portal de Colpensiones de Afiliación electrónica encontrará un acceso de ayuda o soporte en línea.

· Para efectos de una mejor interacción con la plataforma, lectura y comprensión de los formularios electrónicos, se recomienda que realice el trámite desde un computador.

De manera presencial

· Debe diligenciar y firmar el formulario de vinculación.

· Presente fotocopia del documento de identificación.

· Si es un trabajador dependiente deberá contar con todos los datos de su empleador como NIT, razón social, dirección laboral, correo electrónico, teléfono laboral y hacer firmar el formulario por el empleador o por la persona designada para ello en la empresa donde labora. Recuerde que quien va a realizar la afiliación también debe firmar.

· Radique los documentos en cualquier Punto de Atención Colpensiones.

¿En qué consiste el Programa de Afiliación para el Régimen Subsidiado?

De acuerdo con Colpensiones, el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión está destinado a subsidiar los aportes al Régimen General de Pensiones de los trabajadores asalariados, independientes o desempleados del sector rural y urbano, tales como: artistas, deportistas, madres comunitarias, personas con discapacidad y concejales.

¿Cómo puede afiliarse al Régimen Subsidiado?

· Realizando los siguientes pasos

· Asistir a una charla informativa.

· Llenar el formulario de afiliación.

· Entregar fotocopia del documento de identidad y carné de salud.

· Presentar la historia laboral o certificación de semanas cotizadas (si aplica).

Si desea mayor información acerca del programa de afiliación, a través del Consorcio Colombia Mayor, ingrese a la página de Colombia Mayor, comuníquese a la línea gratuita nacional 01 8000 18 4333 o a la línea de atención en Bogotá 7 444 334.

¿Cuánto es el porcentaje del aporte?

El porcentaje que se debe aportar para el ahorro pensional corresponde al 16 % del salario. Si su vinculación es a través de un contrato de trabajo o como servidor público, el empleador debe pagar el 75 % de la cotización total y el trabajador el 25%; es decir que de este 16 %, el empleador aporta el 12% y el trabajador el 4%.

Si es trabajador independiente debe cubrir la totalidad del 16% de la cotización. En todo caso, la cotización no puede ser menor a un salario mínimo mensual legal gente (SMMLV).