¿Cancelarán matrículas a vehículos que presten servicio de transporte de manera ilegal? | Foto: Dinero.com

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¿Cancelarán matrículas a vehículos que presten servicio de transporte de manera ilegal?

La Superintendencia de Transporte aclaró que no se están creando obligaciones nuevas a los vehículos particulares que no están ni matriculados ni homologados para prestar servicio de transporte público.

24 de noviembre de 2020

En medio de la convocatoria del paro nacional de taxistas, el cual se realizará este miércoles en varias ciudades del país, el dirigente del gremio de ese sector, Hugo Ospina, aseguró que luego de una mesa de trabajo con la Procuraduría, el Gobierno nacional, por medio de la Superintendencia de Transporte, ordenó a alcaldes, gobernadores y Policía Nacional hacer cumplir las normas y restricciones que tienen que ver con la prestación del servicio de transporte público.

De acuerdo con el dirigente gremial, se le ordenó a las autoridades imponer una sanción de 700 salarios mínimos legales quienes fijen tarifas, las suban o las bajen. Así mismo, a los vehículos que presten un servicio de transporte de manera ilegal se le podrán cancelar las matrículas. “Ordenaron que a partir del 21 de noviembre se le cancele la matrícula a todos los vehículos particulares y motos que presten servicio no autorizado en todo el territorio nacional”, señaló Ospina.

La normativa señala que los vehículos que presten servicio de transporte de manera ilegal podrá recibir una sanción de 700 salarios mínimos legales vigentes y además incurrir en otras sanciones, como la cancelación de la matrícula. | Foto: Bloomberg



La verdad de la cancelación de matrículas

No obstante, a pesar de que la Superintendencia emitió una circular el pasado 20 de noviembre, no hay lineamientos u órdenes nuevas como lo plantea el dirigente del gremio de taxistas, debido a que son normas que rigen a partir de la Ley 336 de 1996. “No estamos creando obligaciones nuevas, sino conminando a que las autoridades territoriales apliquen todas las sanciones que el Congreso de la República dispuso para el transporte informal; a eso estamos llamados como funcionarios públicos, a hacer cumplir la ley que el Congreso expidió”, señaló el superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.

Por lo anterior, desde la publicación de la ley, las autoridades están llamadas a hacer cumplir las medidas y restricciones, “especialmente en lo relacionado con la prestación de transporte ilegal, y se impongan las sanciones previstas por el legislador en las distintas normas, cuando haya mérito para ello”, según se lee en la circular de la entidad de control.

Así las cosas, la Superintendencia fijó que se puede considerar una infracción la realización de operaciones de transporte público con vehículos particulares, en la medida que se estaría prestando con vehículos que no están ni matriculados ni homologados para tal fin, es decir, en este caso los vehículos que operan en las plataformas como Uber, Didi, Beat, entre otros. Sin embargo, es algo que ya está fijado en la ley emitida el 28 de diciembre de 1996.

De acuerdo con la normativa, “cuando se compruebe que el equipo no cumple con las condiciones de homologación establecidas por la autoridad competente, se ordenará la cancelación de la matrícula o registro correspondiente”. Asimismo, la Superintendencia señaló que, “las sanciones previstas en la ley de transporte pueden ascender a 700 salarios mínimos legales vigentes por cada infracción, además de otras sanciones para quienes operen sin cumplir los requisitos allí exigidos en la operación de transporte público”.

Aunque el dirigente del gremio de taxistas, Hugo Ospina, señaló que a partir del 21 de noviembre se ordenó a las autoridades cancelar la matrícula de vehículos particulares que presten el servicio de transporte público, lo cierto es que es una norma de la Ley 336 de 1996. | Foto: SEMANA

Regular las plataformas de movilidad, ¿sí o no?

Entretanto, según una encuesta realizada por Invamer, la Universidad del Rosario y DiDi, en cinco ciudades del país, el 91 por ciento de las personas consultadas está de acuerdo con que se cree una regulación moderna que responda a los avances tecnológicos de las plataformas de movilidad.

La encuesta reveló que el 92,6 por ciento de las personas considera que las aplicaciones de movilidad deben quedarse en el país y seguir ofreciendo sus servicios. Este estudio realizado en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Bucaramanga; analizó el impacto de la pandemia en las preferencia y hábitos de los usuarios de las plataformas de movilidad y el aporte de este tipo de soluciones a la generación de ingresos en la economía nacional, y determinó que el 94,7 por ciento considera que la regulación beneficiará a los usuarios al ofrecerles más opciones de transporte para elegir y el 77,8 por ciento cree que esta regulación ayudará a los conductores de taxi a mejorar sus servicios.

Por otro lado, los impactos económicos de las plataformas de movilidad también son percibidos por la ciudadanía. El 87 por ciento de los encuestados considera que son una buena opción para generar ingresos y mejorar la ocupación del país, mientras que el 69,6 por ciento buscaría generar ingresos a través de las plataformas si disminuyeran sus ingresos o quedara desempleado.

“Las plataformas digitales cambiaron el modelo de vida de los ciudadanos porque les hacen la vida más fácil. Por eso, necesitamos implementar una regulación moderna y adecuada para que las plataformas de movilidad puedan seguir funcionando y mejorando, para que los hogares que perciben ingresos a través de ellas salgan de la incertidumbre sobre su futuro económico y para que sus usuarios tengan más opciones sin que esto afecte su bolsillo. Esta puede ser una oportunidad para modernizar alternativas tradicionales de movilidad y asegurar que la cancha quede nivelada”, afirmó al respecto David Luna, presidente de Alianza In.