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| Foto: Redacción Médica

SALUD

Conozca los valores de las cuotas moderadoras y copagos para el 2018

Con el incremento en el salario mínimo también cambiaron los costos de los servicios de salud en Colombia. Consulte cuánto deberá pagar dependiendo de sus ingresos y del régimen al que pertenezca.

3 de enero de 2018

Subió el salario mínimo 5,9 por ciento y con él algunas obligaciones de los colombianos en el año que inicia. Es el caso de los copagos y las cuotas moderadoras que se deben pagar por los servicios de salud, con algunas excepciones particulares.

Las cuotas moderadoras, también llamadas “bonos”, se deben cancelar por servicios de consulta externa médica, odontológica, de especialistas, paramédica y de medicina alternativa aceptada, también para fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios. Según la norma, esta se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos.

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Para las personas que hacen parte del régimen contributivo los costos son los siguientes: quienes ganan menos de dos salarios mínimos, categoría A, pagarán 3.000 pesos (100 pesos más); quienes ganen entre dos y cinco salarios mínimos, categoría B, pagarán 12.000 pesos (700 pesos más) y quienes ganen más de cinco salarios mínimos deberán cancelar 31.600 pesos (1.700 pesos más). En cuanto a las personas que pertenecen al régimen subsidiado, estas no pagarán cuotas moderadoras.

Los copagos, la parte del valor del servicio que pagan los beneficiarios de acuerdo al ingreso del cotizante, también subieron de costo. La suma de todos los copagos de un mismo afiliado en el año no podrá ser mayor al valor máximo establecido. Para el régimen contributivo los costos son los siguientes: en la categoría A será de hasta de 449.214 pesos; para la categoría B de 1.796.856 pesos y para la C de 3.593.713. En todos los casos el costo aumentó un 5,9 por ciento respecto al 2017.

En el régimen subsidiado las tarifas son distintas. El copago tendrá un valor máximo por evento de 390.621 pesos, y un valor máximo por año de 781.242 pesos.

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Sin embargo, es clave recordar que hay personas que no deben pagar copago. Se trata de los niños en su primer año de vida, las personas con clasificación uno mediante encuesta del Sisben, los habitante de calle, las personas que han sufrido el desplazamiento forzado,  indígenas y niños abandonados y mayores de un año.