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al menos 100 personas víctimas de grupos armados al margen de la ley ocuparon predios de este barrio de la localidad de San Cristóbal. Archivo. | Foto: SEMANA

CONCLICTO

Ordenan reubicar a desplazados del sur de Bogotá

Por orden de la Corte Constitucional, 40 familias que ocupan un lote en la localidad de San Cristóbal deberán ser trasladados a albergues.

7 de julio de 2016

Las 40 familias desplazadas que desde abril del 2015 armaron cambuches y casas de lata y cartón para tratar de sobrevivir en el barrio Montebello, en San Cristóbal tendrán que ser reubicadas en albergues. Lo anterior, tras una acción de tutela que falló de la Corte Constitucional.

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Con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, la corporación le ordenó a la Unidad Administrativa de Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) reubicar en un albergue temporal a estas víctimas de la violencia , mientras se establece el lugar dónde permanecerán de manera definitiva, mientras cada uno de ellos accede a los planes de vivienda creados para esta población.

Hace más de un año que al menos 100 personas víctimas de grupos armados al margen de la ley ocuparon predios de este barrio de la localidad de San Cristóbal, al sur de Bogotá. Sin más bienes que su propia valía, reunieron, plásticos, palos, pedazos de latas, de madera para construir un lugar dónde guarecerse de la lluvia.

Decenas de personas que huían de la violencia desatada por bandas delincuenciales y otros actores del conflicto en Tumaco, (Nariño), El Charco (Cauca) y Buenaventura (Valle del Cauca) se tomaron un lote del barrio.

A pesar de que trataron de tocar puertas en los gobiernos distrital, nacional y organismos de control, nunca hubo una respuesta verdaderamente satisfactoria, que les permitiera mejorar sus condiciones de vida. Por más de un año tuvieron que arreglárselas como pudieron para darles de comer a sus hijos y protegerse del clima.

Al final, no tuvieron otra alternativa que acudir a la acción de tutela. El recurso, que fue escogido para revisión por la Corte Constitucional, fue resuelto en favor de estas familias, que tratan de abogar por su derecho a la vida digna.

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El alto tribunal determinó que la Uariv debe ofrecer albergues temporales a estos ciudadanos por los próximos siete meses, prorrogables por el mismo lapso, mientras cada familia va accediendo a los planes de vivienda de los que dispone la ley.

Para lograrlo, la Secretaría de Hábitat del Distrito debe reunir a las víctimas y asegurarse de que en el próximo mes reciban la información correspondiente, priorizando a los ancianos, niños y personas en condición de discapacidad.

Además, esa misma entidad, la Unidad, el Ministerio de Vivienda y la Alcaldía de Bogotá deben asesorar a cada grupo sobre los planes distritales y nacionales disponibles para los desplazados en busca de un hogar, para que esta población tenga certeza sobre la manera como pueden aspirar a cada proyecto.

Así mismo, la Corte comprometió al Instituto de Bienestar Familiar (ICBF), a la Defensoría del Pueblo y a la Policía Nacional para que apoyen el proceso de manera activa.